Finalmente ha habido 'fumata blanca' este jueves en el Pleno del Parlamento de Navarra. Pese a las críticas de formaciones sindicales, los grupos que apoyan el Gobierno (PSN, Geroa Bai y EH Bildu) han sacado adelante la norma, con la abstencion, casi testimonial, de Contigo Zurekin. Las formaciones de derechas han votado en contra, UPN, PPN, Grupo Mixto (el hasta ahora parlamentario de VOX) y la no adscrita, Maite Nosti.
Esta Ley Foral, que es producto del mandato de la Cámara a resultas de la convalidación del Decreto Ley Foral 1/2025, de 7 de mayo, tiene por objeto establecer las disposiciones precisas para, agilizando la resolución de los procedimientos, facilitando el acceso de personas con menor antigüedad, incentivando la ocupación de plazas de difícil cobertura y condicionando la concesión de la excedencia voluntaria a la permanencia de al menos dos años en la plaza obtenida, avanzar en la reducción de la temporalidad hasta niveles no superiores al 8% en el conjunto de las Administraciones Públicas, tal y como se pretendía con la Ley Foral 19/2022.
El Gobierno argumenta en la exposición de motivos que gracias a los procesos extraordinarios contemplados en la citada norma, aprobada en junio de 2022, la tasa de interinidad en la Administración Foral se ha reducido un 62%, al pasar en los tres últimos años del 43% al 16%.
En relación con el régimen de excedencias voluntarias, la ley introduce distintas modificaciones. Por un lado, se establece un periodo mínimo de permanencia de dos años en la plaza obtenida en un procedimiento selectivo de ingreso antes de poder solicitar una excedencia voluntaria. Esta modificación, que se introduce por un periodo de dos años desde la entrada en vigor de este Decreto-Ley Foral, pretende asegurar el desempeño efectivo en la plaza adquirida en el proceso selectivo durante un periodo mínimo de tiempo.
Asimismo, en el supuesto de la concesión de la excedencia voluntaria para prestar servicios en otra Administración Pública, además de la permanencia de dos años, se restringe al supuesto de que los servicios en la administración de destino tengan carácter fijo. Esta previsión se hace extensiva a las Entidades Locales de Navarra, tras la aprobación de una enmienda, presentada por PSN, EH Bildu y Geroa Bai, que suprime la cláusula de excepcionalidad contemplada en el Decreto Ley Foral. El PPN ha vato a favor; UPN, Grupo Mixto y no adscrita se han posicionado en contra; Contigo-Zurekin se ha abstenido.
Además, por lo que al reingreso se refiere, se prevé la incorporación con fecha cierta y con ocasión de vacante dotada presupuestariamente y no incluida en un proceso selectivo.
También se adoptan medidas de simplificación administrativa en los procesos selectivos de ingreso y concurso de traslados, al tenerse en cuenta la proliferación y eficiencia de la tramitación electrónica, la necesidad de agilizarlos y la experiencia derivada de las convocatorias de estabilización.
Así, para agilizar la cobertura de definitiva de las plazas incluidas en las OPEs pendientes de ejecución -2022, 2023, 2024 y OPE parcial de 2025-, se reducen los plazos de estos procesos selectivos. También se sustituye la publicación de los actos de trámite en el Boletín Oficial de Navarra (BON) por la publicación a través de las fichas web, lo que permite acelerar los procedimientos para la cobertura de vacantes ocupadas por personal temporal.
En los concursos de traslado, se valorará únicamente la antigüedad en el puesto de trabajo y los idiomas, datos que en general posee la Administración o que implican aportar poca documentación, lo cual redundará también en una mayor agilidad en la resolución de estos procesos.
Esta medida regirá también en el SNS-O, pero únicamente durante dos años, período durante el que se suspende la aplicación del apartado 1.3 del artículo 21 del Decreto Foral 347/1993, de 22 de noviembre, por el que se regula el ingreso y provisión de puestos de trabajo en dicho ámbito.
Tanto en la Administración como en el SNS-O, los concursos de traslado se valorarán dentro de una escala cuyo valor máximo será de 46 puntos, 1 por antigüedad, hasta 40, y dos por idioma (inglés, francés o alemán), únicamente cuando guarden relación con el contenido del puesto de trabajo, cuestión que deberá determinarse en la convocatoria, previo análisis individualizado de las características de cada plaza.
El euskera, por su parte, se valorará en función de la zona lingüística en que estén ubicadas las plazas, hasta 4,6 puntos en la zona vascófona y hasta 2,76 en la mixta.
Por último, se introduce una aclaración normativa en el artículo 88 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, para precisar que el personal contratado en régimen administrativo podrá permanecer en la plaza que ocupe temporalmente siempre que se haya publicado un procedimiento encaminado a la cobertura definitiva de la vacante, ya sea de ingreso o de provisión, dentro del plazo de los tres años a contar desde la fecha de contratación. Está previsión se hace extensiva también al personal adscrito al SNS-O, mediante la modificación del artículo 29.3 de la citada Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre.
El Decreto-Ley Foral supone también la implantación de medidas específicas en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea para hacer frente al déficit de profesionales en algunas categorías.En este sentido, se aborda la modificación de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, permitiendo aplicar el sistema de oposición para facilitar el acceso de personas con menor antigüedad a plazas desocupadas en el ámbito sanitario, en los términos previstos en la norma.
En el transcurso del debate efectuado en Pleno se han examinado 10 enmiendas, de las que únicamente se han aprobado dos, la ya explicada y otra, también de PSN, EH Bildu y Geroa Bai, para adecuar la exposición de motivos a lo acordado en relación con las Entidades Locales, ahora sujetas al mismo régimen de excedencia voluntaria en las plazas recién adquiridas (dos años de permanencia). El PPN ha apoyado ambas enmiendas, Contigo-Zurekin se ha abstenido. UPN, Grupo Mixto y no adscrita han votado en contra.
El resto de las enmiendas han sido desestimadas con los votos en contra de PSN, EH Bildu y Geroa Bai.
UPN planteaba la modificación de la disposición final del proyecto de Ley, con el fin de limitar al Gobierno el margen para modificar los plazos de tramitación previstos en el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, de modo que sólo pudiera hacerlo para “ampliarlos”, no para reducirlos.
Además, propugnaba suprimir la regulación de la excedencia voluntaria y anular los baremos de los concursos de traslado (en la Administración y en el SNS-O), lo cual suponía vaciar la ley de gran parte de su contenido esencial. Las cuatro enmiendas de UPN han decaído con el respaldo añadido del Grupo Mixto y la no adscrita y la abstención Contigo-Zurekin. PSN, EH Bildu, Geroa Bai y PPN han votado en contra.
El PPN, por su parte, defendía un nuevo baremo en los concursos de traslado, mientras que la Parlamentaria no adscrita solicitaba que el Gobierno de Navarra remitiera anualmente al Parlamento un informe detallado con la “evaluación del impacto de las medidas adoptadas en esta Ley, con especial atención a la mejora de los servicios públicos, incluidos los costes asociados”. Sin apoyos añadidos, las dos enmiendas del PPN han sido desestimadas con la abstención del Grupo Mixto; el resto en contra. La de la no adscrita ha recabado los apoyos de UPN, PPN y Grupo Mixto.
Contigo-Zurekin proponía ceñir a dos años el nuevo régimen instaurado para los concursos de traslado de la Administración, igual que en el SNS-O e incluir la posibilidad de exigir la superación de un curso de formación entre los requisitos de los concursos de traslado de las Administraciones Públicas. UPN ha votado a favor. El resto en contra.
El Decreto Ley Foral 1/2025, de 7 de mayo, por el que se aprueban medidas extraordinarias urgentes en materia de personal para la reducción de la temporalidad en las Administraciones Públicas de Navarra, entró en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Tras su convalidación, a petición de UPN, PSN, EH Bildu, Geroa Bai, PPN, Grupo Mixto y Parlamentaria no adscrita, el Parlamento, con la abstención de Contigo-Zurekin, acordó su tramitación como proyecto de Ley Foral por el procedimiento de urgencia.
Redaccion Pamplona Actual