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Confirmada la condena a dos años y un mes de prisión para el cantaor Diego 'El Cigala' por malos tratos a su expareja

El tribunal ha desestimado los recursos de apelación tanto de la defensa del artista como de la acusación particular ejercida por la víctima

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  • Diego el Cigala -

La Audiencia Provincial de Cádiz ha ratificado íntegramente la sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Jerez de la Frontera, que condenó al cantaor flamenco Ramón J.S., más conocido por su nombre artístico Diego 'El Cigala', a dos años y un mes de prisión por varios episodios de malos tratos físicos y psicológicoshacia su expareja.

El tribunal ha desestimado los recursos de apelación tanto de la defensa del artista como de la acusación particular ejercida por la víctima, dando por válidos los argumentos esgrimidos por la jueza en primera instancia. En su resolución, fechada el 30 de junio, la Sección Tercera concluye que los hechos probados no pueden ser revisados, al no haberse producido error alguno en la valoración de la prueba practicada en juicio.

Tres agresiones y un delito de vejaciones

Los hechos condenados abarcan tres agresiones cometidas en Jerez, Palafrugell (Girona) y en el domicilio donde ambos convivían, además de un delito leve continuado de vejaciones. En uno de los episodios, ocurrido en un hotel de Jerez, el cantaor propinó una bofetada en la cara a la víctima tras una discusión. En otro caso, tras un concierto en Palafrugell, la empujó, la tiró al suelo y le dio patadas, sin que se constataran lesiones físicas objetivas. El tercer episodio se produjo en la vivienda familiar, en presencia de los hijos, cuando el artista la agarró del cuello e insultó gravemente.

Por estos hechos, la jueza impuso al acusado penas que suman dos años y un mes de prisión, además de la prohibición de acercarse o comunicarse con su expareja por distintos periodos, según cada delito. En el caso más grave, el ocurrido en el domicilio familiar, la condena se agravó por haberse producido delante de los hijos.

Además, se le impuso una pena de 25 días de localización permanente en domicilio distinto al de la víctima por el delito leve de vejaciones.

El tribunal descarta indemnización

Respecto a la responsabilidad civil, la Audiencia también avala el criterio del Juzgado, que no impuso indemnización alguna, al considerar que no quedó acreditado un daño psicológico derivado de los hechos. Se fundamenta para ello en el informe de la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género (UVIGV), que concluyó que la denunciante no presentaba sintomatología psicológica, y descarta el informe de parte presentado por la acusación.

La jueza recordó que, en este tipo de procedimientos, rige el principio de justicia rogada, y por tanto no puede concederse indemnización por daño moral si no se acredita un perjuicio concreto o secuelas psicológicas.

Argumentos de la defensa, rechazados

La defensa de 'El Cigala' alegó un supuesto error en la valoración de la prueba y pidió la revocación de la condena, o subsidiariamente, una reducción de las penas por supuesta falta de motivación. La Audiencia descarta estas afirmaciones de manera tajante, subrayando que la sentencia está motivada de forma clara y razonada, y que el testimonio de la víctima fue considerado coherente, persistente y corroborado por otros elementos probatorios.

“El apelante pretende que este Tribunal sustituya la valoración de prueba de la jueza por la suya propia, sin inmediación ni base objetiva”, reprocha el tribunal en su fallo.

Sin recurso posible

La sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz es firme y no admite recurso ordinario. El cantaor, por tanto, deberá cumplir la pena impuesta, salvo que opte a medidas alternativas o recursos de índole extraordinaria que podrían ser planteados ante el Tribunal Supremo.

Este nuevo fallo marca un punto de inflexión en la trayectoria del popular artista, que suma una condena penal en firme por violencia de género, un hecho que previsiblemente afectará tanto a su vida personal como a su carrera profesional.

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