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Condena por estafa agravada a dos hermanos que se apropiaron de los bienes de su padre enfermo

La Audiencia de Valladolid ha resuelto el caso, imponiendo una multa a los acusados y absolviéndolos de otros cargos

  • Audiencia de Valladolid

La Audiencia de Valladolid ha dictado sentencia contra dos hermanos, Carina y Eliseo, por estafa agravada tras apropiarse de los bienes de su padre, quien padecía graves dolencias médicas. Ambos han sido condenados a una multa de doce meses con una cuota diaria de 10 euros. Sin embargo, el tribunal los ha absuelto de los delitos de falsedad en documento mercantil y societario.

El tribunal ha considerado probado que Carina, en complicidad con su hermano Eliseo, ideó un plan para hacerse con la propiedad de los bienes de su padre, Luis Carlos, quien ya había otorgado testamento en 2017. Luis Carlos había legado a su esposa Araceli el pleno dominio del tercio de disposición de su herencia, e instituido herederos universales a sus cuatro hijos. A su hija Flora le correspondía el tercio de mejora, mientras que a los otros tres hijos, incluidos los acusados, les correspondía el tercio de legítima estricta.

La estrategia de los hermanos: control y ampliación de capital

Luis Carlos era propietario de una sociedad con activos valorados en 1.336.214,79 euros. Carina, quien poseía una gestoría, aprovechó su posición para ser nombrada administradora única de la sociedad en noviembre de 2021. Posteriormente, en una Junta General celebrada en diciembre del mismo año, se acordó una ampliación de capital de 18.030,36 euros, asignando tres participaciones a cada uno de los hermanos. Ambos desembolsaron 9.015,18 euros, que fueron reembolsados poco después.

En enero de 2022, Carina presentó la certificación de la ampliación de capital en una notaría, pero no inscribió el documento en el Registro Mercantil hasta julio de 2022. En ese momento, su padre se encontraba hospitalizado con ELA e insuficiencia renal, y falleció tres días después. Esta maniobra permitió a los hermanos hacerse con 3/7 partes de los activos de la sociedad, valorados en 572.663,143 euros, perjudicando al resto de los herederos.

El tribunal considera que se cumplen los elementos del delito de estafa

Los magistrados han determinado que los elementos del delito de estafa concurren en este caso. Aunque Carina fue la ideóloga del plan, Eliseo cooperó activamente para su ejecución. Ambos hermanos han sido considerados responsables por su participación directa y material en los hechos, lo que ha llevado a su condena por estafa agravada.

La sentencia refleja la complejidad del caso, en el que los acusados aprovecharon la vulnerabilidad de su padre para beneficiarse económicamente. La estrategia de los hermanos les permitió adquirir un patrimonio significativo con un desembolso mínimo, en detrimento del resto de los herederos de Luis Carlos. La Audiencia de Valladolid ha resuelto el caso, imponiendo una multa a los acusados y absolviéndolos de otros cargos.

Esta condena pone de manifiesto la importancia de proteger los derechos de los herederos y garantizar la justicia en casos de estafa. La actuación de Carina y Eliseo ha tenido un impacto considerable en la herencia de su padre, lo que ha llevado al tribunal a dictar una sentencia ejemplar.

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