La Sala Penal del Tribunal Supremo ha ratificado la condena de dos años de prisión para Francisco Nicolás G.I. por un delito continuado de falsedad documental, con la atenuante de dilaciones indebidas. El acusado había confeccionado documentos que atribuía falsamente a altos organismos del Estado. Sin embargo, ha sido absuelto del delito de usurpación de funciones, por el que la Audiencia de Madrid lo había condenado a 17 meses adicionales de prisión. Los hechos se remontan a octubre de 2014.
El 10 de octubre de 2014, Francisco Nicolás, acompañado de un cliente de una entidad bancaria, se reunió con el director de una sucursal. Durante el encuentro, el acusado se presentó como un trabajador del Gobierno. El cliente expresó su intención de retirar todo el efectivo de su cuenta para evitar un embargo por problemas con Hacienda. El director de la sucursal explicó las dificultades técnicas y normativas para llevar a cabo tal operación, en relación con el blanqueo de capitales y la falta de liquidez en la sucursal.
La trama de Francisco Nicolás en el banco
Ante las objeciones del director, Francisco Nicolás simuló una conversación telefónica con la vicepresidenta del Gobierno. Al persistir las dificultades, se propuso poner el dinero a nombre de otra persona. Cuando el director solicitó el documento de identidad y un justificante de actividad, el acusado mostró su carnet de identidad y afirmó ser agente del Centro Nacional de Inteligencia (CNI). Además, entregó su DNI y proporcionó su número de teléfono y direcciones de correo electrónico.
Durante la reunión, el acusado colocó un documento sobre la mesa del director, con la bandera del Estado español y un membrete de altas instituciones. A pesar de las objeciones, el cliente retiró 25.000 euros en efectivo mediante un cheque al portador, firmado por su esposa. Fuera de la sucursal, Francisco Nicolás recibió el dinero. El director, extrañado por la operación, alertó a la esposa del cliente, quien pidió la devolución del dinero. Esa misma tarde, el acusado devolvió 10.000 euros en un sobre.
El Supremo absuelve a Francisco Nicolás de usurpación de funciones
Cuatro días después, Francisco Nicolás fue detenido y se registró su domicilio. En su poder, se encontraron documentos que él mismo había confeccionado usando sellos, banderas y membretes oficiales, atribuyéndolos a organismos como la Casa Real, el Gobierno del Estado español y el CNI. La Audiencia lo condenó por usurpación de funciones y falsedad documental, pero lo absolvió de estafa. El Tribunal Supremo ha confirmado la condena por falsedad documental, pero ha estimado parcialmente el recurso del acusado, absolviéndolo del delito de usurpación de funciones.
El Supremo considera que, aunque Francisco Nicolás simuló ser un agente de inteligencia, no se trató de una usurpación de funciones, ya que el cargo que pretendía ostentar no existía. El artículo 402 del Código Penal exige que los actos realizados sean propios de una autoridad o funcionario, lo que no se cumplía en este caso. El tribunal recuerda que el delito no castiga a quien, con la intención de impresionar, crea un escenario para realzar su imagen.
Respecto al delito de falsedad documental, el Supremo destaca el acervo probatorio existente. Francisco Nicolás confeccionó múltiples documentos simulados, atribuyéndolos a altos organismos del Estado, con el objetivo de engañar a terceros y obtener disposiciones patrimoniales. Entre los documentos, se encontraban informes atribuidos a la vicepresidencia del Gobierno y la Casa Real, con firmas simuladas de altos cargos.
Las explicaciones del acusado sobre la confección y uso de estos documentos fueron inconsistentes y contradictorias con los testimonios y la naturaleza de los documentos. Francisco Nicolás continuó afirmando su colaboración con el CNI, pero sus justificaciones sobre la inmadurez y afán de grandeza no explican la confección de tantos documentos específicos. Según la sentencia, el acusado usó al menos uno de estos documentos para engañar.





