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Condena a dos años y medio de prisión a un hombre por agredir sexualmente a un menor de 13 años con discapacidad

La sentencia, fruto de un acuerdo entre las partes, aprecia las atenuantes de embriaguez, reparación del daño y trastorno mental cualificado del acusado

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  • Palacio de Justicia de Navarra -

La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha condenado a dos años y seis meses de prisión a un hombre de 56 años por un delito de agresión sexual cometido contra un menor de 13 años con una discapacidad reconocida del 35%. La resolución judicial ha sido dictada de conformidad tras un acuerdo alcanzado entre la Fiscalía, la acusación particular y la defensa.

La sentencia considera probados unos hechos ocurridos el 14 de enero de 2024 y aprecia en el condenado las circunstancias atenuantes de embriaguez, reparación del daño y trastorno mental, esta última en su modalidad cualificada. El acusado presenta una discapacidad reconocida del 65%.

Además de la pena de prisión, la Audiencia le impone la prohibición de comunicarse con la víctima o acercarse a menos de 800 metros durante un periodo de 12 años y seis meses. Asimismo, deberá cumplir una medida de libertad vigilada durante ocho años una vez finalizada la pena privativa de libertad.


En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar al menor con 20.000 euros por los daños morales sufridos. Esta cantidad ya había sido consignada por el acusado antes de la celebración del juicio.

La resolución judicial acuerda también la suspensión del ingreso en prisión, condicionada a que el condenado no cometa nuevos delitos durante un plazo de tres años, siga el tratamiento médico relacionado con su discapacidad mental y el consumo de alcohol, y participe en un curso de educación sexual.

Los hechos

Según recoge la sentencia, la agresión sexual tuvo lugar la tarde del 14 de enero de 2024. El acusado, que había consumido alcohol previamente, realizó actos de carácter sexual sobre el menor, constitutivos de un delito de agresión sexual.

El tribunal señala que el procesado «presenta un retraso mental moderado», circunstancia que, unida a la ingesta de alcohol, afectó de forma grave a sus capacidades intelectivas y volitivas.

Por su parte, la víctima tiene diagnosticados un trastorno del desarrollo psicológico y un trastorno de las emociones y del comportamiento en la infancia y la adolescencia, además de contar con un grado de discapacidad del 35%.

Como consecuencia de los hechos, el menor presenta malestar emocional que se manifiesta mediante nerviosismo, pensamientos intrusivos, sueños relacionados con lo sucedido y una intensificación de sentimientos de ira acompañados de episodios de enfado grave.

Rebaja de las penas solicitadas

Antes del acuerdo de conformidad, la Fiscalía solicitaba una condena de seis años de prisión para el acusado, mientras que la acusación particular elevaba esa petición a ocho años. La defensa, por el contrario, solicitaba la absolución.

El acuerdo alcanzado entre las partes permitió reducir la pena finalmente impuesta, teniendo en cuenta las atenuantes reconocidas por la Audiencia y la reparación económica del daño ocasionado a la víctima.

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