El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha ratificado la condena de 12 años de prisión impuesta en mayo a un hombre por agredir sexualmente a su hermanastra en dos ocasiones. Los hechos ocurrieron en marzo y abril de 2020 en el domicilio que ambos compartían en Pamplona. La víctima, menor de edad en ese momento, fue violada y sufrió tocamientos por parte del acusado.
La sentencia, que aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, también mantiene las medidas de alejamiento y libertad vigilada dictadas por la Audiencia Provincial. El condenado, de origen dominicano, no podrá acercarse ni comunicarse con la víctima durante 15 años y deberá cumplir una medida de libertad vigilada tras su salida de prisión.
Indemnización por daños morales y lesiones
Además de la pena de prisión, el condenado deberá indemnizar a la víctima con 25.000 euros por el daño moral causado y 855 euros por las lesiones sufridas. La primera agresión ocurrió el 16 de marzo de 2020, cuando la joven, de 17 años, se encontraba sola en su habitación tras una discusión con su padre. El acusado, de 20 años, entró en el cuarto y, tras un forcejeo, la violó.
Un mes después, la víctima fue nuevamente agredida mientras dormía. Al intentar hacer ruido para alertar a su padre, el agresor le tapó la boca, causándole una lesión en la mandíbula que requirió tratamiento médico. El tribunal consideró la declaración de la víctima como convincente y coherente, respaldada por informes forenses que confirmaban las lesiones.
El TSJN avala la declaración de la víctima
La defensa del acusado recurrió la sentencia, buscando la absolución o una reducción de la pena. Sin embargo, el TSJN validó la declaración de la víctima, destacando su consistencia y la falta de contradicciones. La credibilidad de la joven fue respaldada por pruebas periféricas, como la lesión en la mandíbula, y por informes psicológicos que descartaron la simulación.
El tribunal también desestimó la atenuante de dilaciones indebidas planteada por la defensa, atribuyendo la demora en el proceso a las diligencias probatorias solicitadas por esta. La Sala consideró que las penas estaban adecuadamente delimitadas por la violencia empleada y la vulnerabilidad de la víctima, menor de edad en el momento de los hechos.
La Audiencia Provincial había condenado al acusado a 9 y 3 años de prisión por dos delitos de agresión sexual con violencia, el primero de ellos con penetración. La fiscalía y la acusación particular solicitaron la confirmación de la sentencia, que ahora ha sido ratificada por el TSJN.