La titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona ha absuelto a cinco responsables de una empresa con sede en Cáseda acusados del fallecimiento de un operario en septiembre de 2019, tras inhalar gases tóxicos al caer en el interior de una cuba. Otro trabajador resultó gravemente herido al intentar socorrerle.
La magistrada considera probado que ni la víctima ni el herido portaban la máscara de protección respiratoria obligatoria en el momento del accidente, pese a que las tenían a su disposición. La sentencia, que puede ser recurrida ante la Audiencia de Navarra, sostiene que la empresa sí proporcionó los medios necesarios para trabajar con seguridad. «No es cierto que los acusados no pusieran a disposición de los trabajadores los medios necesarios para el desarrollo de su actividad con seguridad e higiene», señala la juez en la resolución.
Durante el juicio, celebrado entre el 22 y el 25 de septiembre, la Fiscalía y la acusación particular solicitaron para los acusados penas de cuatro años de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con homicidio por imprudencia profesional grave.
Un accidente mortal en una zona de riesgo
El suceso ocurrió sobre las 0:30 horas del 14 de septiembre de 2019, cuando una avería en la línea de producción obligó al trabajador —cedido por una empresa de trabajo temporal— a intervenir en el área conocida como “zona húmeda”. El operario entró en el habitáculo de las cubas con las herramientas necesarias para reparar la línea de tripa celulósica, pero perdió el conocimiento debido a la inhalación de disulfuro de carbono y ácido sulfhídrico.
El trabajador se desvaneció y cayó en el interior de la cuba, que contenía unos 20 centímetros de líquido de lavado. Falleció instantes después por asfixia provocada por la inhalación de gases y el vómito que esta le causó.
Otro compañero, que accedió sin protección para socorrerle, también sufrió graves lesiones. En cambio, los trabajadores que intervinieron después con máscaras de seguridad no presentaron síntomas ni requirieron atención médica.
Testimonios coincidentes y sin contradicciones
La juez basa su fallo absolutorio en la coherencia de los seis testigos que declararon haber visto a la víctima sin la máscara. «No hay motivo para dudar de su veracidad —afirma la magistrada—. Todo lo contrario: demostraron gran preocupación por sus compañeros y actuaron con inmediatez para socorrerlos».
El informe forense ratificó que la causa directa de la muerte fue la asfixia por inhalación de gases. Según la magistrada, de haber llevado puesta la máscara, el operario no se habría desvanecido, o habría podido salir por sus propios medios de la cuba.
Sin infracciones graves en las medidas de seguridad
La acusación también apuntó a posibles deficiencias en las barandillas de la cuba, pero la juez descarta que constituyeran un peligro grave. Aunque el perímetro no estaba completamente protegido con acero inoxidable, la resolución considera que esa circunstancia no fue determinante en el desenlace. «Si hubiese portado la máscara como debía, podía haber salido de la cuba sin riesgo grave para su vida e integridad», recalca la sentencia.
Asimismo, quedó acreditado que todos los trabajadores contaban con máscaras disponibles, que era fácil reponerlas y que conocían el riesgo de acceder sin ellas. De hecho, la empresa sancionaba a quienes incumplían esta norma y había valorado instalar cámaras para vigilar su uso.
La empresa fabrica y distribuye envolturas para la industria cárnica. El caso podrá ser recurrido ante la Audiencia de Navarra.