La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha dictado una sentencia de dos años de prisión para un hombre acusado de abusar sexualmente de una amiga de 16 años en una localidad próxima a Pamplona. El veredicto se alcanzó tras un acuerdo entre la fiscalía y la defensa, y se considera que los hechos constituyen un delito de abuso sexual con acceso vía vaginal, teniendo en cuenta las atenuantes de drogadicción, reparación del daño y dilaciones indebidas.
El procesado, quien se encontraba en prisión provisional, fue liberado el día del juicio, el pasado 24 de septiembre. Según el acuerdo alcanzado, se le ha prohibido comunicarse o acercarse a la menor a menos de 300 metros durante un periodo de ocho años. Además, deberá cumplir una medida de libertad vigilada durante tres años. En cuanto a la responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a la víctima con 3.000 euros por el daño moral, de los cuales ya había consignado 2.000 euros antes del juicio.
Restricciones y medidas impuestas al condenado
Los hechos ocurrieron la madrugada del 2 de abril de 2022, cuando el acusado se encontró con su amiga de 16 años en una discoteca del barrio de San Juan de Pamplona. Alrededor de las 4 de la madrugada, las amigas de la joven se marcharon del local, dejándola en compañía del procesado y un amigo de este. Posteriormente, alrededor de las 7 de la mañana, la menor decidió ir a dormir a casa del inculpado para evitar problemas con su familia por llegar tarde y por haber consumido alcohol.
Una vez en la vivienda, la joven se tumbó a dormir con la ropa que llevaba puesta, un vestido y un pantalón que el acusado le había prestado para mitigar el frío. Según la sentencia, el procesado se acostó junto a ella en la misma cama. Mientras la menor dormía, el acusado la desvistió e introdujo su pene en la vagina de su amiga, momento en el que ella se despertó bruscamente y lo apartó.
Reparación del daño y medidas de reinserción
En ese momento, el inculpado, que sufría un menoscabo leve en sus funciones intelectivas debido al consumo de alcohol asociado a sustancias estimulantes, pidió perdón a su amiga por lo sucedido. La resolución judicial destaca que el encausado realizó un esfuerzo económico, consignando 2.000 euros para reparar el daño ocasionado a la víctima. Durante la instrucción del caso, tramitada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Aoiz, se produjeron varios momentos de paralización no imputables al acusado.
La Sección Primera de la Audiencia ha acordado la suspensión de la pena impuesta, siempre que el condenado no cometa delitos en el plazo de tres años. Además, deberá abonar los 1.000 euros restantes de responsabilidad civil en un plazo de 20 meses desde la emisión de la sentencia. También deberá someterse a un programa de deshabituación a las drogas en su centro de salud mental de referencia, completar un programa formativo para agresores en materia de educación sexual y realizar 144 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad.
El caso ha destacado no solo por la gravedad del delito, sino también por las medidas impuestas al condenado para su reinserción social y la reparación del daño a la víctima. La sentencia refleja la importancia de abordar los factores subyacentes que contribuyeron al comportamiento del acusado, como el consumo de sustancias.






