La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado el recurso de apelación presentado por un acusado y ha confirmado la pena de 25 años y medio de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Bizkaia. La condena se debe al asesinato de un varón cometido el 17 de octubre de 2021 en Bilbao utilizando la peligrosa técnica de estrangulamiento conocida como el ‘mataleón’.
La sentencia de instancia, dictada el 3 de junio de 2025 tras un veredicto de culpabilidad del jurado popular, condenó al acusado a 23 años de cárcel como autor de un delito de asesinato doblemente cualificado (con alevosía y para facilitar la comisión de otro delito), en concurso medial con un delito de robo con violencia en casa habitada. Adicionalmente, se le impusieron 2 años y 6 meses por un delito continuado de estafa con la agravante de reincidencia, ya que cuenta con condenas previas por el mismo tipo de delito.
En concepto de responsabilidad civil, el TSJPV ratifica la obligación del condenado de indemnizar con un total de 156.740 euros a los hermanos y herederos de la víctima.
El TSJPV ha rechazado los argumentos del recurrente, quien alegaba la insuficiencia de prueba de cargo para enervar su presunción de inocencia. El Superior vasco respalda la inferencia probatoria del jurado, que consideró probada la presencia del condenado en el lugar de los hechos. Las pruebas clave incluyeron la localización de su teléfono móvil en la zona y un informe pericial que lo identificó como la persona que realizó una llamada a una entidad bancaria desde el teléfono de la víctima.
El tribunal añade que el acusado tampoco ha ofrecido una "explicación sólida" sobre cómo acabaron en su poder objetos y tarjetas de crédito del fallecido. Asimismo, considera que la forma en que se encontró el cadáver es compatible con el “modus operandi” que el jurado atribuyó al condenado. La valoración del informe de inteligencia de la Ertzaintza, que vinculaba al acusado con otros hechos similares, fue considerada racional por el TSJPV, al existir una sentencia firme, aunque por tentativa, que recoge una actuación análoga.
Esta resolución del TSJPV no es firme y contra ella cabe la interposición de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.




