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Un juzgado reconoce a un agente de la Policía Foral el derecho a cobrar conforme al índice legal de proporcionalidad

El juzgado concluye que la aplicación de índices distintos a los recogidos en la normativa vigente ha supuesto una merma retributiva prolongada en el tiempo.

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  • Un agente de la Policía Foral

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Navarra ha estimado el recurso presentado por un trabajador de la Policía Foral y ha determinado que el Gobierno de Navarra no ha aplicado correctamente el índice de proporcionalidad salarial previsto en la normativa foral, lo que obliga a regularizar su retribución y a abonar los atrasos correspondientes de los últimos cuatro años, junto con los intereses legales.

Según ha informado el sindicato que ha defendido al agente afectado, AFAPNA, la sentencia considera que no se ha cumplido lo establecido en el artículo 41 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. En concreto, el fallo reconoce el derecho del trabajador a percibir su salario conforme al nivel C y al índice de proporcionalidad legalmente fijado para dicho nivel.

El juzgado concluye que la aplicación de índices distintos a los recogidos en la normativa vigente ha supuesto una merma retributiva prolongada en el tiempo. La resolución judicial ordena así corregir esta situación mediante el pago de las cantidades dejadas de percibir en los últimos cuatro años, límite habitual en este tipo de reclamaciones, además de los intereses correspondientes.

La cuestión de los índices de proporcionalidad se remonta a los recortes salariales aplicados al personal de las administraciones públicas en 2010, al amparo de la Ley Foral 12/2010, de 11 de junio, de medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. Desde entonces, distintas reclamaciones han puesto el foco en la falta de adecuación entre los salarios abonados y los coeficientes de proporcionalidad establecidos en el Estatuto del Personal.

El índice de proporcionalidad recogido en el artículo 41 del citado decreto fija los siguientes valores según el nivel funcionarial: 2 para el nivel A; 1,65 para el nivel B; 1,35 para el nivel C; 1,15 para el nivel D; y 1 para el nivel E.

Aunque la sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, el fallo se suma a otras resoluciones judiciales en la misma línea y refuerza el debate sobre la adecuación de las retribuciones del personal público a la normativa foral vigente.

 
 

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