El magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha dictado este jueves un auto en el que confirma la prisión provisional, comunicada y sin fianza, de Santos Cerdán, exsecretario de Organización del PSOE, decretada el pasado 30 de junio. La decisión responde a la persistencia de los indicios de su participación en delitos graves —pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho— y al mantenimiento del riesgo de destrucción u ocultación de pruebas, según consta en la resolución judicial.
El auto, que rechaza el recurso de la defensa de Cerdán presentado el 8 de septiembre, señala que la medida cautelar no se prolongará más allá del límite legal de seis meses previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aunque de momento no concurren razones para modificarla. El magistrado recuerda que ese plazo es un máximo y no una obligación, de modo que la prisión preventiva podría levantarse antes si desaparecieran los motivos que la justifican, algo que aún no ha sucedido.
Puente explica que la investigación se encuentra en una fase clave, con diligencias en curso sobre la situación patrimonial de Cerdán, discrepancias en sus declaraciones fiscales y los vínculos económicos con la sociedad Servinabar 2000. Asimismo, apunta que siguen pendientes de esclarecer posibles relaciones entre esa mercantil, el propio Cerdán y representantes de la constructora Acciona, lo que obliga a un análisis documental “complejo” que podría verse alterado si el investigado recuperara la libertad.
El instructor detalla también los principales indicios que pesan sobre el exdirigente socialista, entre ellos los audios incorporados a la causa en los que, presuntamente, reconoce el cobro de comisiones vinculadas a la adjudicación de obras públicas, parte de las cuales habría repartido con otros investigados. Estos elementos, recuerda, ya fueron validados tanto en el auto de prisión como en la confirmación posterior de la Sala de Apelación.
En su conclusión, el magistrado subraya que ni ha transcurrido el plazo máximo de la prisión provisional ni han desaparecido las razones que motivaron su adopción. Aun así, precisa que previsiblemente no será necesario agotar los seis meses completos, dejando abierta la posibilidad de revisar la situación si las investigaciones avanzan lo suficiente en las próximas semanas.