El Consejo de Ministros ha impulsado una importante reforma en el ámbito de la justicia, la del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. El titular de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha calificado la iniciativa como un "paso decisivo" en el refuerzo de la autonomía y de la eficacia del Ministerio Fiscal y ha destacado que el texto recoge todas las recomendaciones formuladas por el Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (GRECO) y otras instituciones.
Los fiscales instruirán los procesos penales
Una vez que el nuevo Estatuto recabe los informes preceptivos, se unirá al proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal que el Consejo de Ministros aprobará el próximo verano para que se tramite en las Cortes Generales como una sola norma. Félix Bolaños ha explicado que esa ley orgánica incorporará, como una disposición adicional, la reforma de la Fiscalía "para garantizar que van absolutamente en paralelo", ya que una de las claves de la norma consiste en que serán los fiscales quienes instruyan las causas penales.
El ministro ha recordado que España es el único país del entorno europeo donde la instrucción de las causas penales todavía corresponde a los jueces de instrucción. Tras el cambio, el Ministerio Fiscal liderará las instrucciones, y un juez de garantías velará por el respeto de los derechos de los investigados. Bolaños ha añadido que, de hecho, los fiscales europeos ya instruyen en España todos los asuntos que tienen que ver con intereses financieros de la Unión Europea o con delitos relacionados con la UE.
El nuevo papel instructor de los fiscales lleva aparejadas otras medidas: la designación del fiscal competente para la instrucción de cada caso corresponderá al fiscal jefe; la Policía Judicial dependerá del Ministerio Fiscal en sus funciones de investigación del delito, y el Ministerio Fiscal podrá imponer sanciones a quienes no colaboren con las investigaciones judiciales. Además, como ocurre en la actualidad con jueces y magistrados, se detallarán las causas de abstención y recusación de los fiscales, que no podrán instruir un proceso si tienen amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas investigadas.
Refuerzo de la autonomía
Para profundizar en la autonomía del Ministerio Fiscal, la reforma, en primer lugar, desvincula la duración del mandato del fiscal general del Estado de la del Gobierno. El fiscal general será nombrado por cinco años y, cuando cambie el Ejecutivo, continuará con su labor hasta que transcurra ese plazo. Además, será un mandato no renovable, salvo si el primer mandato ha durado menos de un año.
El fiscal general podrá causar baja antes de que finalice su mandato si dimite de manera voluntaria o si se da alguna causa de incompatibilidad o de incapacidad. El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha resaltado que un nuevo Gobierno no podrá cesar al fiscal general por "pérdida de confianza" y que la causa de incumplimiento grave o reiterado para cesarlo deberá contar con el informe previo del Consejo General del Poder Judicial.
Además, con el fin de imposibilitar las injerencias en las decisiones de la Fiscalía, el nuevo Estatuto prohíbe expresamente que el Gobierno central o las comunidades autónomas solicitan al Ministerio Fiscal cualquier actuación relativa a un procedimiento penal concreto. Igualmente, se suprime la posibilidad de que el fiscal general sea llamado a comparecer ante el Consejo de Ministros. La reforma establece que las comunicaciones entre el Gobierno y el fiscal general serán por escrito, exclusivamente por vía del ministro de Justicia y públicas y estarán regidas por el interés general.
Más autonomía organizativa
Félix Bolaños ha subrayado que el nuevo Estatuto avanza también en la autonomía organizativa del Ministerio Fiscal, que se encargará de los ascensos y las promociones de los fiscales y del régimen disciplinario, dos competencias en las que desempeña un papel relevante el Ministerio de Justicia en la actualidad.
Además, con el objetivo de que la nueva Fiscalía funcione de manera más colegiada y con más garantías para el interés común, se refuerza el papel de la Junta de Fiscales de Sala, que incluso podrá establecer un criterio diferente al del fiscal general por una mayoría de, al menos, tres quintas partes de sus miembros.
La Fiscalía General del Estado se encargará, además, del registro de las asociaciones de fiscales que, como en el caso de las asociaciones judiciales, no podrán recibir financiación privada.
Colaboración con la Fiscalía europea
El Estatuto Orgánico regula, por último, la colaboración entre la Fiscalía europea y la española, ya que ambas instruirán causas penales en España, y arbitra un sistema para resolver las discrepancias. En última instancia, decidirá el fiscal general del Estado, según ha explicado Félix Bolaños.
El Consejo de Ministros ha aprobado remitir al Congreso de los Diputados, para que inicie su tramitación parlamentaria, el Proyecto de Ley Orgánica para la Ampliación y Fortalecimiento de las Carreras Judicial y Fiscal. El texto supone la primera gran revisión estructural de la Ley Orgánica del Poder Judicial en los últimos 40 años.
El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, que presentó el anteproyecto el pasado 21 de enero, ha destacado que la norma "mejora sustancialmente la carrera judicial" y es una "reforma valiente" que va a atraer talento y a incrementar el número de jueces, fiscales y magistrados. Además, aporta más garantías, más certezas y más transparencia en los procesos de promoción de los miembros de la carrera judicial. "Creo que se adapta a una sociedad cada día más exigente y a unos estándares europeos que son muy altos", ha añadido el ministro.
Igualdad de oportunidades en el acceso a la carrera judicial y fiscal
El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, interviene en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. | Pool Moncloa / José Manuel Álvarez
Félix Bolaños ha recordado que España siempre ha tenido un sistema de oposición muy exigente para acceder a los puestos de jueces, fiscales y magistrados que, con esta reforma, se mantiene y se fortalece porque los exámenes incluirán una prueba escrita para valorar el razonamiento jurídico.
Además, todos los opositores que no alcancen determinados niveles de renta podrán acceder a una beca dotada con el importe del Salario Mínimo Interprofesional, durante un periodo de hasta cuatro años, para que puedan preparar las oposiciones a carrera judicial, carrera fiscal, abogacía del Estado y letrados de la Administración de Justicia.
El Centro de Estudios Jurídicos se convertirá en un centro público de preparación de opositores y contará con delegaciones en otras provincias para que cualquier opositor pueda preparar sus exámenes con independencia del territorio en el que viva. "Queremos que sigan accediendo los juristas más sobresalientes a la carrera judicial y fiscal y también aquellos juristas sobresalientes, excelentes, que hasta la fecha no podían permitírselo", ha afirmado el ministro.
Fortalecimiento y ampliación de la carrera judicial
El ministro ha subrayado que son necesarios un mayor número de jueces y fiscales para agilizar el servicio público de la justicia. Con este objetivo se crea el conocido como cuarto turno en la carrera fiscal, inexistente en la actualidad, y se modifica el cuarto turno de la carrera judicial, que lleva en vigor cuatro décadas.
Así, la convocatoria del turno libre de oposición será simultánea al acceso por cuarto turno, mediante el que los juristas de reconocida competencia con más de 10 años de ejercicio profesional también pueden entrar en la carrera judicial. Se convocará una plaza de cuarto turno por cada tres plazas para el turno libre. En la actualidad, según ha detallado Bolaños, el número de jueces y magistrados que provienen del cuarto turno está por debajo del 8% y la Ley Orgánica del Poder Judicial establece un porcentaje del 25%.
Por otra parte, la norma regula un proceso extraordinario para la estabilización de jueces sustitutos y fiscales interinos, en cumplimiento de la ley de eficiencia del servicio público de la justicia y de los requerimientos de la Comisión Europea, al que también podrán presentarse otros profesionales del derecho.
Desarrollo de la carrera profesional de jueces y magistrados
En materia de desarrollo profesional, el texto aprobado hoy establece el ascenso automático de jueces y magistrados por antigüedad, de modo que se producirá cinco años después del ingreso en la carrera judicial.
Además, según ha avanzado el ministro, se mejoran "de manera notable los procesos de especialización de jueces y magistrados en los ámbitos mercantil y de violencia sobre la mujer", un colectivo que estará en igualdad de condiciones que el resto de sus compañeros para promocionar y ascender, algo que no sucede ahora. Asimismo, la norma elimina la incompatibilidad que tienen los jueces sustitutos y los magistrados suplentes para ejercer cualquier actividad relacionada con el derecho cuando no estén en activo.
Mayor transparencia del Poder Judicial
La reforma también introduce mejoras en materia de integridad y transparencia institucional. Así, modifica la composición de la Comisión Ética Judicial, que pasará a contar con 9 miembros: cinco serán jueces y magistrados y cuatro serán elegidos por las Cortes entre catedráticos de ética, de filosofía del derecho o filosofía moral. Además, contempla la creación un registro público donde constarán los jueces y magistrados que preparen a opositores, que tendrán que tener reconocida la compatibilidad por parte del Consejo General del Poder Judicial para ejercer esta actividad.
Félix Bolaños ha añadido que se prohíbe la financiación privada de asociaciones judiciales, se mejoran los procesos de elección de las Salas de Gobierno de los Tribunales y se regula el voto telemático.