El alto tribunal estima parcialmente el recurso presentado por la defensa y aprecia la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada, lo que ha permitido rebajar de forma significativa la condena inicialmente impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid, que ascendía a 4 años y 3 meses de prisión. De este modo, el Supremo reduce a la mitad las penas al considerar que el procedimiento judicial se prolongó durante un periodo “extraordinario”.
En este sentido, la sentencia subraya que la fase de instrucción se extendió durante casi diez años, a los que se sumaron otros tres años correspondientes a las fases preparatorias y al juicio oral, acumulando un total de trece años hasta la resolución definitiva del caso.
Por otro lado, el tribunal absuelve a Gómez Iglesias del delito de violación de secretos oficiales, al considerar que no puede sostenerse su responsabilidad como inductor después de que también haya sido absuelto el supuesto autor principal, quien ejercía como coordinador de seguridad municipal.
La resolución también confirma la condena de 2 años, 1 mes y 15 días de prisión para los dos policías municipales implicados, a quienes se considera autores de los delitos de revelación de secretos y cohecho. En ambos casos, el Supremo aplica igualmente la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, reduciendo a la mitad las penas fijadas en primera instancia.
Asimismo, la sentencia absuelve a un agente de la Guardia Civil destinado en la Casa Real, que había sido condenado previamente a 15 meses de prisión por un delito de revelación de secretos.
Con esta resolución, el Tribunal Supremo pone fin a uno de los procedimientos más prolongados vinculados a la figura del conocido ‘Pequeño Nicolás’, marcado por la dilación en su tramitación y la complejidad de los hechos investigados.



