[VIDEO] Estudiantes recorren la ruta de los fugados de Ezkaba en la VIII edición de 'Las botellas de la libertad'

Nueve centros educativos participan este mes en la marcha por el GR-225, que sigue los pasos de los presos que escaparon del penal del monte Ezkaba en 1938

Stick Noticias

El Supremo pide al Parlamento Europeo que levante la inmunidad de "Alvise" por acosar a dos eurodiputados de SALF

El magistrado Marchena concluye que difundir datos personales de sus compañeros y azuzar a sus seguidores a perseguirles "desborda los límites"

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

  • Alvise Pérez, en el vídeo en sus redes publicado este miércoles

El Tribunal Supremo ha dado un paso decisivo en la causa penal contra el eurodiputado Luis Pérez Fernández, conocido como "Alvise": el magistrado instructor Manuel Marchena ha dictado este miércoles un auto en el que acuerda solicitar al Parlamento Europeo el suplicatorio para suspender su inmunidad y poder continuar la investigación por delitos de acoso y revelación de secretos.

Se trata del tercer suplicatorio que el Supremo eleva a la Eurocámara de los cinco procedimientos que Alvise tiene abiertos en la Sala de lo Penal. La solicitud se remitirá al presidente del Parlamento Europeo a través del presidente de la Sala Penal y de la presidenta del Tribunal Supremo.

Qué se le investiga

Los hechos investigados arrancan de unas declaraciones realizadas por el querellado en un podcast, en las que habría instado directamente a sus seguidores a perseguir y acosar a dos de sus compañeros de lista en SALF —la agrupación "Se acabó la fiesta"— por haber votado a favor del rearme europeo en la Eurocámara, en contra de la posición pública del grupo.

En ese audio, Alvise afirmó: «Perseguidles y pedirles explicaciones. Y si tenéis que gritarle en un bar que eres un criminal, que eres un corrupto y que has votado a favor del rearme, tenéis que hacerlo vosotros, porque no lo puedo hacer yo».

A ello se suma la imputación por revelación de secretos: la querella le atribuye haber filtrado los datos personales de contacto de los dos eurodiputados, lo que habría desencadenado una avalancha de mensajes con amenazas, insultos y difamaciones a través de redes sociales.

Por qué el Supremo considera que la inmunidad no le protege

El auto del magistrado Marchena es rotundo al respecto: Alvise no se limitó a expresar opiniones en un debate político —ámbito en el que la libertad de expresión tiene una protección reforzada—, sino que sus mensajes y la difusión de datos personales "desbordan los límites de cualquier controversia política y no tienen cabida en la garantía parlamentaria de inviolabilidad".

El auto subraya además que los dos denunciantes, también eurodiputados y excompañeros de lista, "se han visto obligados a variar sus rutinas", incluyendo aquellas concebidas para mantener el contacto con su electorado.

Tras tomar declaración a querellantes, querellado y un testigo propuesto por la defensa, el instructor considera procedente instar la suspensión de la inmunidad para hacer viable el ejercicio de la acción penal por los delitos de acoso —artículo 172 ter del Código Penal— y revelación de secretos —artículo 197—.

 

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN