La sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, en la Puerta del Sol, no lucirá por ahora placas ni señalización como Lugar de Memoria Democrática. La Audiencia Nacional ha suspendido cautelarmente el acuerdo con el que la Secretaría de Estado de Memoria Democrática declaró ese edificio espacio de memoria histórica el pasado 20 de octubre, en reconocimiento de que allí estuvo instalada la Dirección General de Seguridad durante el franquismo.
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo estimó el recurso presentado por el letrado de la Comunidad de Madrid, que argumentaba que la declaración causaba un daño a la imagen institucional de la sede autonómica. El tribunal no descarta ese perjuicio: aunque admite que no puede afirmarlo "de forma categórica", sí considera que tampoco puede negarlo, y eso es suficiente para justificar la medida cautelar.
Una sede presidencial, no unas "oficinas administrativas"
Los magistrados van más allá del argumento de imagen. Señalan que el acuerdo impugnado minimiza la relevancia del inmueble al referirse a él como sede de "oficinas administrativas", obviando que alberga la presidencia del Gobierno regional. La confluencia en un mismo espacio de intereses "tan intensos y, a la par, contrapuestos" —la memoria histórica por un lado, la actividad institucional por otro— refuerza, a su juicio, la conveniencia de paralizar la medida mientras se tramita el recurso.
La declaración habría supuesto, entre otras cosas, la colocación de placas, paneles o un "distintivo memorial interpretativo", la señalización del espacio y su integración en circuitos internacionales de memoria. Todo ello, según el acuerdo, sin alterar el uso actual del edificio, aunque condicionando cualquier uso futuro a su compatibilidad con las medidas de preservación de la memoria.
El tiempo juega a favor de la suspensión
La Sala rechaza que paralizar el acuerdo cause un perjuicio grave al interés general. Al contrario: considera que el transcurso del tiempo no daña la finalidad de la memoria histórica, mientras que ejecutar el acuerdo sí podría generar un daño "difícilmente reversible" para la Comunidad de Madrid. Añade otro argumento de peso: el Tribunal Constitucional tramita un conflicto positivo de competencias sobre esta misma materia, lo que, a juicio de los magistrados, avala por sí solo la suspensión.
La voz discrepante
El auto no es unánime. Uno de los magistrados firmó un voto particular en el que defiende que no existe daño real a la imagen institucional de la Comunidad de Madrid, dado que los hechos que motivan la declaración ocurrieron cuando la autonomía madrileña ni existía ni era concebible. Para el magistrado disidente, la suspensión sí tiene consecuencias concretas: retrasa la reparación a las víctimas, genera en ellas "sensaciones de desazón e incredulidad" y proyecta ante organismos internacionales una imagen negativa sobre el compromiso real de España con la memoria democrática.

