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La Audiencia de Cáceres confirma la pena de prisión a dos hombres por el robo de cable de cobre en Navalmoral

El tribunal provincial ratifica la condena de 18 meses de cárcel para los implicados, que deberán abonar una indemnización de 10.603 euros

La Audiencia Provincial de Cáceres ha ratificado de forma íntegra la sentencia que condena a 18 meses de prisión a dos hombres como autores de un delito continuado de hurto. Los magistrados confirman así la resolución judicial previa por el robo de cableado de cobre en una zona industrial de la provincia, un tipo de delito al alza que afecta habitualmente a las infraestructuras empresariales.

Además de la pena de privación de libertad, el tribunal ha estipulado que ambos condenados deberán responder de forma solidaria a una indemnización de 10.603,87 euros destinada a la mercantil perjudicada, cubriendo así el valor del material sustraído y los daños ocasionados.

El robo en el polígono industrial y la detención de los implicados

Los hechos probados de la resolución judicial detallan que ambos individuos accedieron de forma ilícita al recinto de una empresa suministradora, situada en un polígono industrial de Navalmoral de la Mata. Una vez en el interior de las instalaciones, se apropiaron de diversos rollos de cable de cobre y los cargaron en su vehículo particular para emprender la huida.

La detención se produjo poco después debido a un contratiempo logístico de los asaltantes. Tras sufrir una avería en el coche en el que transportaban el material robado, los dos hombres quedaron inmovilizados y fueron localizados de inmediato por los agentes en las inmediaciones de la localidad cacereña de El Gordo.

La validez de las pruebas judiciales frente al recurso de apelación

Los acusados presentaron un recurso alegando la falta de indicios, pero la sección penal de la Audiencia de Cáceres ha desestimado los argumentos de la defensa de manera tajante. El tribunal señala en su resolución que, tras valorar e interconectar lógicamente las distintas pruebas practicadas, se concluye que estas constituyen una «prueba de cargo plena contra los apelantes».

Los magistrados fundamentan la ratificación de la condena de la siguiente manera:

«Al ser suficientes para fundar la convicción condenatoria del juzgador de instancia, no cabe duda alguna sobre su participación y autoría en el delito continuado de hurto».

A pesar de la firmeza de los argumentos expuestos por la Audiencia Provincial, la resolución emitida no es firme en el ámbito judicial, por lo que los abogados de los dos condenados todavía disponen de la opción legal de interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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