La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena a siete años y seis meses de prisión impuesta a un hombre que en febrero de 2022 violó a su sobrina, de 22 años, en una localidad próxima a Pamplona. La resolución ratifica íntegramente la sentencia dictada el pasado mes de julio por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, que también incluía diversas medidas de alejamiento y compensación económica.
Según la sentencia, que aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, el condenado, de nacionalidad brasileña y de 39 años en el momento de los hechos, no podrá comunicarse con la víctima ni acercarse a ella a menos de 500 metros durante 11 años. Además, cumplirá seis años adicionales de libertad vigilada una vez termine su estancia en prisión y deberá indemnizar a su sobrina con 10.000 euros por daños morales.
Los hechos ocurrieron el 19 de febrero de 2022. La joven, que no residía en Pamplona, había acudido a la capital navarra para vacunarse contra la Covid-19. Publicó una fotografía en sus estados de WhatsApp tras recibir la inyección, momento en que su tío la contactó para verse en la plaza de Merindades. El procesado, acompañado de otras dos personas, la trasladó a su vivienda con el pretexto de que era la única familiar que aún no conocía su casa. Una vez allí, y tras quedarse a solas con ella, bloqueó la puerta del dormitorio y la agredió sexualmente.
Tras la violación, la víctima contactó por teléfono con su hermano para que fuera a buscarla, visiblemente alterada. Posteriormente presentó denuncia ante la Policía.
La defensa recurrió la condena ante el TSJN alegando falta de pruebas y contradicciones en el testimonio de la denunciante, al que calificó de “impreciso e incongruente”. Sin embargo, el Tribunal Superior rechaza esos argumentos y considera que la víctima “siempre ha mantenido, en lo sustancial, el mismo relato”. El fallo destaca los “signos de alteración” observados por varias personas tras la agresión, entre ellas su hermano, que la notó “quebrada y callada”, y una testigo que la vio “muy mal”.
Para los magistrados, estos testimonios corroboran la gravedad de la situación vivida y desmienten la versión del acusado, que insistía en que la relación fue consentida. Asimismo, el TSJN ha desestimado la solicitud de la acusación particular de ampliar la pena, al considerar que la petición no se ajustaba al procedimiento previsto por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.







