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Condenado por apropiarse indebidamente de un retablo barroco en Cantabria

Este retablo estaba instalado en la capilla de un palacio que el acusado tenía arrendado

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  • Tribunal Justicia de Cantabria

La Audiencia Provincial de Cantabria ha sentenciado a un hombre a un año y tres meses de prisión, junto con una multa de 1.440 euros, por la apropiación indebida de un retablo barroco del siglo XVIII. Este retablo estaba instalado en la capilla de un palacio que el acusado tenía arrendado. Además, deberá indemnizar a los propietarios del palacio con 61.750 euros.

El tribunal de la Sección Primera impuso esta condena, aunque la sentencia aún no es firme, ya que se puede apelar ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. Según los hechos probados, el condenado había arrendado la Casa Palacio de Torrehermosa, ubicada en Entrambasaguas, que incluía varios edificios, entre ellos una capilla con diversos objetos de valor histórico.

El retablo desaparecido y la defensa del acusado

Meses después de firmar el contrato de alquiler, el acusado dejó de pagar la renta mensual de 4.000 euros. Cuando se llevó a cabo el levantamiento judicial para devolver el inmueble a sus propietarios, la capilla estaba vacía. El tribunal determinó que el acusado desmontó el retablo de la capilla, llevándose también la balaustrada y otros elementos, cuyo valor total fue tasado en 61.750 euros.

El acusado basó su defensa en negar que el retablo estuviera en el inmueble. Admitió haber desechado todo lo que había en la capilla, alegando que no le servía para nada. Sin embargo, la Audiencia, tras evaluar las pruebas, concluyó que la capilla contenía el retablo cuando el acusado tomó posesión de la misma en virtud del contrato de arrendamiento.

Pruebas determinantes en el caso

La sentencia se apoya en la declaración de los perjudicados, en el catálogo del Patrimonio Cultural del Gobierno de Cantabria y en un informe pericial que confirmaba la existencia del retablo en la capilla. Fotografías del portal Idealista, donde se publicitó la finca, también respaldan la presencia de los objetos al inicio del arrendamiento.

La Audiencia concluyó que el acusado, al ser el único con acceso exclusivo al interior del inmueble, fue quien se llevó los objetos. La desaparición del retablo y otros elementos tras el lanzamiento judicial consolidó esta conclusión, ya que no había evidencia de que otras personas tuvieran acceso a la capilla durante el periodo de arrendamiento.

El tribunal determinó que el acusado retiró el retablo y los demás objetos para su propio beneficio. La sentencia refleja que, al recuperar la posesión, la capilla estaba vacía, lo que refuerza la conclusión de que el acusado se apropió indebidamente de los elementos históricos.

El caso aún puede ser objeto de apelación, pero la evidencia presentada, incluyendo testimonios y pruebas documentales, ha sido contundente para la Audiencia Provincial, que ha dictado la condena en base a estos elementos. La situación ha generado atención debido a la importancia histórica y cultural del retablo barroco sustraído.

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