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Condenan a tres años de prisión y cinco sin carné al camionero que causó un siniestro con cinco muertos en la A-7

La sentencia del Juzgado de lo Penal 1 de Murcia establece que la causa del accidente fue la "distracción y falta de atención" del conductor profesional.

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  • Audiencia Provincial de Murcia -

El Juzgado de lo Penal 1 de Murcia ha dictado sentencia condenatoria contra el conductor de un camión que en octubre de 2017 provocó un trágico accidente en la autovía A-7, resultando en la muerte de cinco personas —cuatro de ellas de la misma familia— y dejando ocho lesionados. El acusado ha sido condenado a tres años de prisión y a cinco años de privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores, además de inhabilitación para el ejercicio profesional como conductor.

La magistrada considera probado que el siniestro se debió a una imprudencia grave del conductor, al circular de forma “absolutamente desatenta” en un tramo recto con plena visibilidad. El camionero no se percató de una retención de vehículos, no accionó el freno ni realizó maniobra evasiva alguna, lo que desencadenó una cadena de colisiones con trece vehículos implicados. La sentencia subraya que el acusado incumplió los "deberes más elementales de cuidado" exigibles, especialmente a un conductor profesional de un vehículo de grandes dimensiones.

La resolución descarta la influencia de la cocaína en el accidente, a pesar de que el acusado dio positivo tras el suceso. La jueza argumenta que la dosis detectada no alcanzaba los niveles mínimos psicoactivos y que la simple presencia de la sustancia no es prueba suficiente de que siguiera produciendo sus efectos en el momento del siniestro. Por lo tanto, concluye que la única causa del siniestro fue la distracción y la falta de atención, desestimando la agravante por conducción bajo la influencia de drogas.

Se aplica la atenuante de dilaciones indebidas, calificada como simple, debido a la complejidad del proceso y al número de partes afectadas.

En cuanto a la responsabilidad civil, las indemnizaciones superan globalmente el millón de euros, que deberán ser abonadas por el condenado junto a la aseguradora Helvetia S.A. y dos mercantiles responsables civiles subsidiarias. La sentencia incluye un "perjuicio excepcional" del 25% sobre las cuantías básicas para tres familiares directamente afectados, al acreditarse que sufren trastorno de estrés postraumático y duelo prolongado tras la pérdida simultánea de varios miembros de su familia.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Murcia.

 

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