La presencia de IQOS, el dispositivo de tabaco calentado de Philip Morris, como patrocinador del festival Mad Cool ha reabierto el debate sobre la legalidad de su promoción en España. Aunque la Ley 28/2005 prohíbe expresamente que productos de tabaco patrocinen eventos culturales, deportivos o musicales, la marca ha conseguido sortear la normativa gracias a un resquicio legal: separar el dispositivo electrónico de sus recargas de tabaco.
Este vacío ha sido avalado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que consideró al dispositivo como un producto independiente, pese a que su única función es calentar recargas que contienen tabaco. Una interpretación que no comparten otros países de la Unión Europea como Francia, Alemania, Bélgica, Italia o Lituania, donde IQOS está regulado como un producto de tabaco, con todas sus restricciones asociadas, incluyendo la prohibición de patrocinios y promociones.
Desde la organización Nofumadores.org, su presidenta Raquel Fernández Megina denuncia que lo ocurrido en Mad Cool no es una excepción. «Philip Morris lleva años utilizando los festivales de música para enganchar a nuevos consumidores jóvenes al tabaco calentado, muchos de ellos no fumadores previos», señala. Y critica que, mientras la compañía afirma dirigir sus productos solo a adultos que ya consumen tabaco, sus estrategias comerciales se centran precisamente en espacios masivos frecuentados por población joven.
Nofumadores.org exige la retirada inmediata del patrocinio del festival, calificándolo de «escándalo moral y legal» que socava los avances logrados en la lucha contra el tabaquismo. La organización recuerda que IQOS, según la propia Organización Mundial de la Salud, debe considerarse un producto de tabaco, y por tanto sujeto a las mismas limitaciones legales.
La crítica también se dirige a las instituciones. La asociación considera que la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento son cómplices al permitir que sus logotipos aparezcan junto a los de una marca de tabaco calentado. Esto, argumentan, vulnera el artículo 5.3 del Convenio Marco de la OMS, al que España está adherida desde 2005, que obliga a las administraciones públicas a proteger sus políticas sanitarias de los intereses comerciales de la industria tabacalera.
Por su parte, la Asociación Española Contra el Cáncer (AECC) también viene alertando del uso de festivales como vía de entrada del tabaco calentado y los dispositivos electrónicos de nicotina entre la juventud. Bajo el lema Real Fest, la AECC ha lanzado una campaña que sustituye nombres de artistas por enfermedades asociadas al consumo de estos productos: cáncer de pulmón, EPOC, daño cerebral...
En contraste con España, países como Francia o Alemania han cerrado la puerta a este tipo de promociones. En Alemania, desde 2023, está prohibida toda forma de publicidad del tabaco calentado. Lituania ha multado a Philip Morris por considerar el IQOS un producto de tabaco, e Italia impone estrictas regulaciones fiscales y sanitarias.
Mientras tanto, en España, el vacío legal y la permisividad institucional siguen permitiendo que una marca vinculada directamente a millones de muertes anuales patrocine festivales de música como si de una simple firma tecnológica se tratara. Para quienes luchan contra el tabaquismo, esta ambigüedad legal y el silencio institucional suponen un retroceso peligroso en la protección de la salud pública.