La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha archivado las querellas y denuncias presentadas contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y seis ministros por supuesta inactividad durante la DANA que azotó Valencia en octubre de 2024, al considerar que los hechos no constituyen delito. Las acciones también se dirigían contra el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, y otros responsables no aforados, sobre los cuales el Supremo declina competencia.
El tribunal señaló que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Catarroja, que investiga los hechos, tiene un conocimiento más profundo de la tragedia, que dejó más de 200 muertos y graves daños materiales por lluvias torrenciales e inundaciones. La Sala destacó que las denuncias se centran en un “incremento del riesgo” y una “abstracta desatención” de las víctimas, sin precisar conductas delictivas concretas de los aforados.
El Supremo aclaró que en el derecho penal español no existe responsabilidad penal por el mero ejercicio de un cargo y que las decisiones discrecionales de gobierno, aunque cuestionables, no generan responsabilidad penal sin causalidad específica.
Las querellas carecen de “singularidad de conductas” o relaciones causales claras, pero el tribunal dejó abierta la posibilidad de que el juzgado de Catarroja eleve una exposición motivada si encuentra indicios delictivos contra aforados.