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Pamplona Actual

Confirman una pena 14 años de prisión a un hombre por violar dos veces a su expareja en la comarca de Pamplona

El tribunal rechaza el recurso de la defensa y respalda la condena dictada por la Audiencia Provincial, que consideró probados los dos delitos sexuales cometido

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  • Palacio de Justicia

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena de 14 años de cárcel impuesta a un vecino de la comarca de Pamplona por violar en dos ocasiones a su expareja. La sentencia, dictada en junio por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial y ahora ratificada, consideró probado que el acusado se aprovechó del estado de embriaguez y de la inconsciencia provocada por el consumo de marihuana de la víctima para someterla sexualmente sin su consentimiento.

El condenado deberá cumplir dos penas de siete años de prisión, una por abuso sexual con penetración y otra por agresión sexual, además de 20 años de libertad vigilada tras su salida de la cárcel. El fallo también establece la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante 16 años y la obligación de indemnizarla con 10.000 euros por los daños sufridos.

Dos agresiones en 2022

Según los hechos probados, la expareja había mantenido una relación de 15 años, que finalizó en julio de 2022, aunque ambos siguieron conviviendo en la vivienda familiar en habitaciones separadas. Fue en el marco de esa convivencia cuando se produjeron las agresiones.

El primer episodio ocurrió el 14 de agosto de 2022, cuando la víctima regresó al domicilio después de haber consumido alcohol. Testigos confirmaron que no estaba en condiciones de volver sola a su casa, por lo que la acompañaron. En ese contexto, el procesado mantuvo relaciones sexuales con ella pese a su negativa expresa.

La segunda agresión se produjo el 9 de octubre. La mujer, bajo los efectos de la marihuana tras una salida con una amiga, fue recogida por el acusado a petición de ella misma. Según la resolución judicial, el procesado se aprovechó de que la víctima no tenía capacidad para reaccionar y mantuvo relaciones sexuales sin su consentimiento.

Ratificación del testimonio de la víctima

La defensa recurrió la sentencia solicitando la absolución, pero tanto la Fiscalía como la acusación particular reclamaron la confirmación del fallo. El TSJN ha avalado la versión de la denunciante, subrayando la “claridad” y “verosimilitud” de su testimonio, así como la existencia de pruebas periféricas que corroboran su relato.

Los magistrados remarcan que en el primer caso la víctima manifestó una negativa explícita, mientras que en el segundo no pudo oponerse debido a su estado de inconsciencia. “No apreciamos motivo alguno para dudar de su veracidad”, señala la Sala, que concluye que los dos delitos están acreditados.

La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

 

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