La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a cinco años de prisión a un hombre que violó en noviembre de 2023 a una mujer que residía en una habitación alquilada en su piso de Pamplona. La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, incluye además una orden de alejamiento y prohibición de comunicación durante 10 años, así como una libertad vigilada de otros cinco años una vez cumplida la pena de cárcel.
El tribunal considera probado que el condenado cometió tres violaciones consecutivas la madrugada del 26 de noviembre de 2023, tras agarrar a la víctima con fuerza pese a su negativa expresa a mantener relaciones sexuales. Según la resolución, al finalizar las agresiones el acusado le ordenó que se retirara a su habitación “porque a él le gustaba dormir solo”.
La Audiencia, que califica los hechos como delito de agresión sexual, subraya que la pena prevista para este delito oscila entre seis y doce años de prisión. Sin embargo, el tribunal se ha visto obligado legalmente a rebajar la condena en un grado, imponiendo finalmente cinco años, debido a la concurrencia de dos atenuantes: la de reparación del daño —el procesado había consignado 15.000 de los 20.000 euros fijados como indemnización por daño moral— y la de embriaguez, ya que el acusado se encontraba “levemente afectado” por el consumo de alcohol.
Los magistrados explican que la rebaja se aplica en un solo grado al entender que la atenuante de embriaguez superó “por poco” el umbral para su admisión, mientras que la reparación del daño se realizó solo unos días antes del juicio y casi dos años después de los hechos.
En materia de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a la víctima con 20.000 euros por el daño moral ocasionado. Además de las lesiones físicas, la mujer sufrió un trastorno de estrés postraumático agudo, con síntomas de reexperimentación, pesadillas, sentimientos de culpa, vergüenza y un acusado aumento de la reactividad emocional.
“Plena validez” al testimonio de la víctima
Durante el juicio, celebrado el 16 de septiembre, la fiscalía reclamó ocho años de prisión por agresión sexual, mientras que la acusación particular elevó su petición a doce. La defensa solicitó la absolución alegando consentimiento.
La Audiencia, sin embargo, otorga “plena validez” al testimonio de la mujer, que ha mantenido una “uniformidad llamativa” en su relato y que, según el tribunal, cuenta con corroboraciones periféricas de especial intensidad y variedad que aportan un “plus de veracidad”. Entre ellas, el tribunal cita el informe forense, que acredita lesiones compatibles con la agresión sexual descrita.
También se insiste, en el dictamen psicológico, que confirma una reacción aguda y alteraciones emocionales coherentes con los hechos, y en mensajes de WhatsApp aportados en la denuncia del 1 de diciembre, en los que la víctima reprocha al acusado la violación. La marcha precipitada del domicilio, sin recoger todas sus pertenencias, el lunes posterior a los hechos.
El tribunal concluye que el testimonio de la denunciante contiene detalles “difíciles de inventar” y muestra una consistencia que “salta a la vista”, por lo que lo considera plenamente creíble.

