El Defensor del Pueblo de Navarra ha emitido una resolición en la que recuerda al Departamento de Interior, Función Pública y Justicia la obligación legal de que el personal de la Policía Foral actúe sin discriminación y mantenga un trato correcto y esmerado hacia la ciudadanía. El pronunciamiento llega después de analizar una queja presentada por SOS Racismo/SOS Arrazakeria Nafarroa en representación de un conductor que denunció un supuesto trato discriminatorio durante una intervención policial en la A-12 el pasado 30 de julio.
Una intervención cuestionada
Según el relato trasladado por la asociación, el afectado circulaba junto a su familia en dirección a Estella cuando adelantó a dos motoristas de la Policía Foral. Minutos después, uno de los agentes habría reducido la velocidad frente a su vehículo y le habría ordenado detenerse en la estación de servicio más cercana.
El ciudadano denunció que el agente se dirigió a él “visiblemente alterado”, con expresiones como “¿quién coño sois vosotros para adelantar a la Policía Foral?”, y que la actuación podría haber estado motivada por su apariencia física. También cuestionó la denuncia de Tráfico por conducción negligente, asegurando que no se le aportaron pruebas objetivas.
SOS Racismo calificó el episodio como un posible abuso de poder con motivación racista y solicitó una investigación, acceso completo al expediente y la revisión de protocolos para prevenir actuaciones discriminatorias.
Interior defiende la actuación policial
Ante el requerimiento del Defensor del Pueblo, el Departamento de Interior trasladó un informe en el que sostiene que el comportamiento del agente fue “correcto, educado y sin tintes de discriminación”.
El agente interviniente aseguró que el vehículo adelantó “a velocidad muy superior” y que el conductor llegó a aproximarse peligrosamente a la motocicleta una vez detenidos. Además, negó haber realizado comentarios discriminatorios y defendió que es “imposible reconocer” la etnia de un conductor desde una moto en marcha.
La denuncia fue remitida a la Jefatura Provincial de Tráfico el 7 de agosto, órgano competente para su tramitación.
El Ararteko recuerda los principios legales
Aunque el Defensor del Pueblo reconoce la dificultad de reconstruir con total certeza lo sucedido, señala que algunas expresiones atribuidas al agente —como “a mí no me vais a engañar como siempre” o la entrega de la denuncia “medio riéndose”— no se ajustarían a los principios de actuación exigidos y podrían ser indicios de un trato discriminatorio.
La resolución da por cerrada la intervención del Defensor del Pueblo, si bien abre un plazo de dos meses para que el Departamento de Interior manifieste, si lo estima oportuno, su desacuerdo o aportaciones.

