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Pamplona concederá 100.000 euros en ayudas para asociaciones de padres y madres y federaciones de APYMAS

 Las solicitudes se presentan telemáticamente a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Pamplona, hasta el lunes 28 abril.

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  • subvenciones apymas
  • Se destinan a actividades extraescolares para alumnado, actividades para la comunidad educativa, formación de padres y madres y gastos de gestión y fu

El Ayuntamiento de Pamplona ha abierto el plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a las asociaciones de padres y madres (APYMAS) de centros escolares públicos y concertados de Pamplona, de Educación Infantil y Primaria, y a las Federaciones de APYMAS. La convocatoria destina 100.000 euros para la realización de actividades extraescolares en horario no lectivo para el alumnado, actividades lúdicas para toda la comunidad educativa en horario lectivo y no lectivo, para la formación de padres y madres y para atender los gastos de gestión y funcionamiento de la propia asociación o federación, durante el curso escolar 2024-2025.

Las solicitudes se presentan telemáticamente a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Pamplona, hasta el lunes 28 abril. Toda la información está disponible en la web municipal y en el Boletín Oficial de Navarra número 62, del 27 de marzo. La finalidad de la convocatoria es fomentar la participación de madres y padres en la vida y funcionamiento de los centros escolares, mediante la organización de actividades para el alumnado y familias del centro, que posibiliten la conciliación de la vida laboral y familiar, que impliquen la participación activa de padres y madres en las dinámicas del propio centro escolar, y que les ayuden a comprender y asumir su rol en el proceso escolar y educativo de sus hijos e hijas.

La actividad subvencionable deberá estar abierta a la participación de todo el alumnado y, en su caso, a todos los padres y madres del centro escolar, sin que la condición de no asociado a la APYMA sea causa de denegación de participación. En este sentido, se subvencionará la realización de actividades de formación para padres y madres del propio centro escolar, actividades lúdicas para toda la comunidad educativa en cualquier horario, la organización y realización de actividades extraescolares para el alumnado del propio centro escolar, fuera del horario lectivo, servicios de "Madrugadores", campamentos urbanos en periodos vacacionales y otras actividades que faciliten la conciliación de la vida familiar y laboral.

El contenido de las actividades deberá contribuir a la formación integral del alumnado y familias del centro escolar, incidiendo en valores como el rechazo a la violencia física o de género, las relaciones intergeneracionales, el conocimiento del medio, de la cultura o de la historia de la ciudad. Asimismo, la realización de estas actividades posibilitará puntos de encuentro para la relación entre el alumnado, el fomento del compañerismo y la convivencia, tanto entre el alumnado, como con sus familias. De acuerdo con lo establecido en la Ley Foral 31/2022, el diseño de las actividades promoverá la accesibilidad universal para todas las personas, fomentando la participación real y efectiva de niños y niñas con discapacidad.

La dotación de 100.000 euros se divide en cuatro partidas: 35.000 euros para actividades extraescolares para el alumnado del centro, fuera del horario escolar; 30.000 euros para actividades formativas para padres y madres; 10.000 euros para actividades lúdicas: y 25.000 euros para gastos de gestión y funcionamiento de las APYMAS.

Cuantías y porcentajes
Las solicitudes se valorarán en función de cuatro criterios: la organización y realización de actividades extraescolares para el alumnado del propio centro escolar fuera del horario lectivo; organización y gestión de actividades formativas para el conjunto de los padres y madres del propio centro escolar; organización o colaboración con el centro en la organización de actividades lúdicas para toda la comunidad educativa en horario lectivo o no lectivo; y gastos derivados del funcionamiento y gestión general de la APYMA o Federación.

Se consideran gastos subvencionables los dedicados a monitorado y material fungible para campamentos urbanos, servicios de madrugadores, otras actividades para la conciliación de la vida laboral y familiar, y actividades extraescolares formativas para el alumnado del centro. Además, se financiarán gastos de ponentes y profesionales para charlas, cursos, seminarios, talleres u otras modalidades formativas para padres y madres; gastos de alquiler de elementos lúdicos para fiestas (hinchables, etc), contratación de grupos de teatro, payasos, música, etc; gastos para la preparación de aperitivos, meriendas o celebraciones para toda la comunidad educativa; o gastos de teléfono, energía, seguros o cuotas de federaciones, entre otros.

La cuantía máxima a conceder a cada beneficiario no podrá superar el 85% del déficit admitido para el caso de actividades extraescolares para el alumnado del centro, fuera del horario escolar; este porcentaje podrá alcanzar hasta el 90% si organizan alguna actividad que incida o promueva la igualdad de género. Tampoco podrá superar el 90% del déficit admitido relativo al pago a ponentes y organización de "guarderías" para actividades formativas para padres y madres relativas a la educación de sus hijos/as; este porcentaje se reducirá al 75% cuando se trate de actividades formativas relativas a otros ámbitos de la cultura. 

La cuantía no puede exceder del 15% del déficit admitido relativo a actividades lúdicas, ni el 85% del déficit admitido para los gastos de gestión y funcionamiento de APYMAS; este porcentaje podrá alcanzar hasta el 90% cuando la Junta Directiva de la entidad cuente con al menos un 30% de hombres, y así lo comuniquen. Se entiende por déficit admitido la cantidad resultante de la diferencia entre los gastos subvencionables e ingresos correspondientes a cada actividad subvencionable admitida. 

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