La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha rechazado la reclamación por responsabilidad patrimonial presentada tras el fallecimiento de una mujer de 90 años. La anciana sufrió una caída desde la cama en urgencias el 15 de julio de 2021, lo que desencadenó su fallecimiento por traumatismo craneoencefálico el 23 de julio del mismo año.
La mujer, que padecía deterioro cognitivo, había acudido a urgencias aquejada de tos con expectoración y fiebre. Tras ser examinada, se le pautó antibiótico y se le dio el alta. Sin embargo, mientras esperaba la ambulancia para regresar a su domicilio, sufrió la caída que la mantuvo ingresada en estado grave. Los familiares argumentaron que la anciana estaba en riesgo extremo de caída, según el 'test de Downton', y que no se adoptaron medidas adicionales para prevenirlo.
La inspección médica calificó la caída como «sorprendente por inesperada, no era predecible o inevitable». Por su parte, la administración afirmó que no se infringió la lex artis ni los protocolos de actuación. Los magistrados de la Sala basaron la desestimación del recurso en la falta de razones para dudar del criterio de la médico de urgencias.
El tribunal respalda la actuación del personal médico
La decisión de no aplicar medidas adicionales de contención fue respaldada por los magistrados, quienes consideraron que la situación de la enferma «no revelaba peligrosidad ni para ella ni para terceros, no estaba alterada ni inquieta». Desde su ingreso en urgencias hasta el momento de la caída, transcurrieron unas 7-8 horas, durante las cuales fue vigilada en el box sin que se produjera un cambio en su estado.
El tribunal concluyó que no había elementos que justificaran un aumento en las medidas de contención o sujeción. Esta sentencia reafirma la actuación del personal médico, que actuó conforme a los protocolos establecidos y a su criterio profesional. Los familiares de la fallecida han visto así desestimada su demanda de responsabilidad patrimonial.
La resolución del tribunal pone fin a un caso que ha suscitado debate sobre la responsabilidad en el cuidado de pacientes con riesgo de caída. La sentencia subraya la importancia de la evaluación médica y los protocolos en situaciones de urgencia.