El magistrado Leopoldo Puente Segura ha denegado la última petición de libertad del ex secretario de Organización del PSOE y ex diputado navarro, Santos Cerdán en un auto que no ha dado traslado previo a la Fiscalía Anticorrupción ni al resto de partes, algo que la defensa califica de inaudito y contradictorio respecto actuaciones anteriores.
En concreto, el magistrado instructor del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente Segura, ha denegado la última petición presentada el pasado 17 de octubre por la defensa de Santos Cerdán, ex secretario de Organización del PSOE, para que quedara en libertad. Cerdán permanece en prisión provisional desde el 30 de junio y su defensa, encabezada por la procuradora Silvia González Milara, argumentaba en esta ocasión que las circunstancias sobre las que se fundamentó la medida cautelar se habrían modificado sustancialmente. La defensa también había desistido del recurso de apelación presentado previamente contra el auto de 3 de octubre, optando por insistir directamente ante el instructor con “nuevos” argumentos.
El auto, fechado el 27 de octubre y al que ha tenido acceso Pamplona Actual, basa la negativa en que no concurre ningún hecho nuevo ni elemento relevante, diferente de los ya analizados y resueltos en resoluciones recientes de 18 de septiembre y 3 de octubre, que justifique modificar la prisión provisional. El juez enfatiza que “tan pronto como desaparezcan o se mitiguen de forma sustancial las razones que determinaron su adopción, se modificará la situación”, pero insiste en que ese momento aún no ha llegado, pues se sigue investigando sobre pruebas susceptibles de alteración u ocultación.
En el razonamiento jurídico, el magistrado desestima los argumentos sobre posibles agravios comparativos con otros investigados —como José Luis Ábalos Meco o Koldo García Izaguirre— a quienes se les ha impuesto medidas menos restrictivas, recordando que las situaciones personales y los riesgos procesales no son equiparables. Específicamente, subraya la posición central de Cerdán en la organización investigada, lo que le atribuiría un mayor conocimiento y capacidad de acción sobre posibles pruebas relevantes para el procedimiento penal.
El auto añade que, si bien la defensa señala que el informe patrimonial policial sobre Cerdán no sería en sí mismo una fuente de prueba sensible, existen otros elementos de la investigación aún pendientes que sustentan el mantenimiento de la medida.
Sin embargo, lo verdaderamente excepcional de este nuevo auto es que el juez ha resuelto la petición sin dar traslado previo a la Fiscalía Anticorrupción ni al resto de partes para que pudieran informar, contradiciendo, según señala el abogado de la defensa Benet Salellas, el criterio seguido por este mismo instructor con la petición de libertad tramitada el pasado 8 de septiembre, en la que sí se permitió esa intervención. “Es algo inaudito y que contradice la actuación del propio juez”, remacha Salellas.
Contra este auto cabe interponer recurso de reforma en el plazo de tres días o de apelación en el plazo de cinco días desde la notificación





