EN DIRECTO: GALA XVIII Premios de Periodismo y Comunicación - CLABE

Reconocen la excelencia, la innovación y el compromiso social en el ámbito mediático español.

Pamplona Actual

Una juez ordena el ingreso en prisión de un hombre condenado por maltrato habitual a su pareja en Pamplona

​​​​​​​La magistrada rechaza suspender la pena de 21 meses de cárcel; el acusado permanecerá encarcelado hasta mayo de 2028 por esta y otras condenas previas

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

La titular del Juzgado de lo Penal número 5 de Pamplona ha decretado el ingreso en prisión de un hombre de 48 años condenado a 21 meses de cárcel por maltrato habitual a su pareja, tras denegarle la suspensión de la pena solicitada por la defensa.

La resolución, firmada el pasado 29 de octubre, establece que el condenado, que ya se encuentra cumpliendo otras penas, permanecerá encarcelado hasta finales de mayo de 2028. La sentencia que motiva su reclusión fue dictada en junio, tras un acuerdo entre la Fiscalía y la defensa, y contempla además una orden de alejamiento de 300 metros y la prohibición de comunicación con la víctima durante 8 años y medio.

Una relación marcada por la violencia y el control

El fallo judicial describe una relación iniciada en 2019 y deteriorada rápidamente por los episodios de control, celos y agresiones del acusado. Según el texto, el hombre “controlaba la manera en que su pareja vestía y revisaba su teléfono móvil”, reaccionando con insultos y vejaciones cada vez que sospechaba que hablaba con otro hombre.

Con el paso del tiempo, las agresiones verbales derivaron en violencia física. La juez detalla “agarrones del cuello, tortazos, estirones del pelo y empujones que llegaron a tirarla al suelo”. Uno de los episodios más graves ocurrió cuando la víctima se encontraba embarazada de cinco meses: durante una discusión, el acusado le propinó una patada en el abdomen, aunque sin consecuencias para el feto.

El hijo de la pareja, nacido en 2021, ha sido declarado en desamparo y se encuentra bajo tutela del Gobierno de Navarra.

Violencia psicológica y adicciones

La sentencia refleja un entorno de violencia bidireccional y consumo de drogas, en el que ambos convivían bajo una relación “disfuncional”. La víctima padece un trastorno del vínculo y consumo grave de sustancias, y sufrió un “cuadro psicótico reactivo” en el contexto de los malos tratos.

Por su parte, el acusado presenta un trastorno por consumo de alcohol y anfetaminas de intensidad moderada, lo que llevó al tribunal a reconocerle la atenuante de adicción en todos los delitos.

Condena y consecuencias judiciales

El procesado fue condenado a 21 meses de prisión por un delito de maltrato habitual y a 56 días de trabajos en beneficio de la comunidad por cada uno de los tres delitos de lesiones en el ámbito familiar.

La víctima, según consta en la resolución, renunció a las acciones legales que le correspondían y perdonó al acusado, aunque ello no impidió la continuación del proceso penal.

La juez, al denegar la suspensión de la pena, ha considerado que la reiteración delictiva y la gravedad de los hechosjustifican el cumplimiento efectivo de la condena.

 

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN