El curso 2025/2026 arranca en Navarra con más de 116.000 estudiantes

La escolarización 0-3 supera por primera vez el 50%

Stick Noticias

Condenan a tres aseguradoras a pagar 5,1 millones por el naufragio del Villa de Pitanxo

Un juzgado de Pontevedra obliga a Mapfre y dos mutuas a indemnizar a la armadora del Villa de Pitanxo con 5,1 millones por el naufragio de 2022

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra ha condenado a tres aseguradoras a abonar un total de 5.174.012 euros a Pesquerías Nores Marín, armadora del buque pesquero Villa de Pitanxo, que naufragó el 15 de febrero de 2022 en el caladero de NAFO, causando la trágica muerte de 21 de sus 24 tripulantes.

La sentencia, dictada por la magistrada titular, estima íntegramente la demanda de la armadora y obliga a Mapfre España Compañía de Seguros y Reaseguros a pagar 3.104.408 euros, mientras que la Sociedad de Seguros Mutuos Marítimos de Vigo y la Mutua de Seguros de Armadores de Buques de Pesca en España deberán abonar 1.034.802 euros cada una.La resolución judicial destaca que las pólizas de seguro, cuya vigencia no ha sido cuestionada, cubrían explícitamente la pérdida total del buque por naufragio.

La jueza subraya que el Villa de Pitanxo había superado todas las inspecciones reglamentarias y contaba con los certificados de navegabilidad y seguridad en regla, emitidos por las autoridades marítimas y la sociedad de clasificación Bureau Veritas. “El buque tenía los certificados técnicos renovados tras pasar diversas inspecciones, tanto por parte de los técnicos de la inspección marítima como de los técnicos de la sociedad de clasificación”, señala el fallo.

La sentencia desestima las alegaciones de las aseguradoras, que intentaron eximirse de la indemnización argumentando supuestos incumplimientos normativos por parte de la armadora. Mapfre, en particular, afirmó que el buque no cumplía con la normativa y que estaba sobrecargado con combustible en departamentos no declarados. Sin embargo, la magistrada considera que estas acusaciones carecen de “sustento probatorio” y destaca que los peritos de la armadora descartaron la posibilidad de que los pañoles laterales o el pique de proa se usaran como tanques de combustible, dado que el buque había sido inspeccionado días antes de su última singladura

.Asimismo, la jueza rechaza la alegación de las aseguradoras sobre una supuesta escora permanente a babor de tres o cuatro grados que habría contribuido al hundimiento. “No puede darse por acreditado el hecho afirmado, ni mucho menos que dicha circunstancia hubiese sido coadyuvante del hundimiento”, sentencia. También desestima el argumento de que el buque navegaba en una zona no autorizada por formación de hielo, señalando que Mapfre no demostró que esta circunstancia estuviera excluida de la cobertura de la póliza.Respecto a los contagios de COVID-19 a bordo, la magistrada concluye que no se puede imputar negligencia alguna a la armadora, ya que el capitán gestionó la situación siguiendo las indicaciones recibidas.

La sentencia también aclara que la causa exacta del naufragio, incluyendo la posible incidencia de la tolva de desperdicios, no es relevante para este pleito civil, ya que las aseguradoras no aportaron pruebas que justifiquen una exclusión de cobertura.La resolución se ampara en el principio de universalidad del riesgo del artículo 417 de la Ley de Navegación Marítima, que establece que el asegurado solo debe demostrar que el daño se produjo durante la navegación marítima, sin necesidad de probar la causa exacta. En este caso, la pérdida total del Villa de Pitanxo cumple con dichos requisitos, lo que obliga a las aseguradoras a indemnizar a la armadora.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Pontevedra. Este fallo representa un paso significativo en el proceso de compensación para la armadora tras la tragedia del Villa de Pitanxo, uno de los peores naufragios de la flota pesquera gallega en décadas.

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN