La Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG ha confirmado la sentencia que obliga a la Xunta a indemnizar con 44.713 euros a un docente tras su cese como personal interino. El profesor, que trabajó durante 30 años en la Administración autonómica, no superó las pruebas del proceso de estabilización convocado. La sentencia es pionera en Galicia y ha sido ratificada tras desestimar el recurso de apelación presentado por la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional e Universidades.
Compensación económica por abuso de temporalidad
La resolución destaca que la compensación económica se fundamenta en el artículo 2.6 de la Ley 20/2021, que busca reducir la temporalidad en el empleo público y ofrecer una respuesta legal a la compensación por abuso de temporalidad. Según la ley, el docente tiene derecho a recibir una compensación equivalente a 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades. La sala subraya que el cese del docente fue consecuencia de no superar el proceso de estabilización, y no simplemente por el fin de su nombramiento interino.
La sentencia también señala que la Xunta hizo coincidir la adjudicación de destino para quienes superaron el proceso de estabilización con el inicio del curso académico 2023/2024. Esto generó la apariencia de que el cese del docente fue debido al fin del nombramiento interino, cuando en realidad fue por no superar el proceso selectivo. Las dos plazas vacantes de su especialidad fueron adjudicadas a los aspirantes que sí aprobaron el proceso de estabilización.
El efecto de la ley en la administración educativa
El TSXG enfatiza que permitir que la administración educativa simplemente advierta sobre la finalización de la interinidad al inicio del curso escolar, eliminaría gran parte del efecto útil del artículo 2.6 de la Ley 20/2021. Esto cerraría la posibilidad de recibir indemnización, incluso si el funcionario interino participara en el proceso de estabilización y no lo superara. Por lo tanto, el tribunal concluye que el demandante vio finalizada su vinculación con la administración debido a no superar el proceso selectivo, quedando en situación de desempleo durante el curso escolar 2023-2024.
Los magistrados afirman que, de haber aprobado el proceso de estabilización, el docente podría haber optado a una de las plazas vacantes y continuar su relación con la administración como funcionario de carrera. Sin embargo, al no superar el proceso, las plazas fueron adjudicadas a otros aspirantes, lo que confirma que la razón de su cese fue la no superación del proceso selectivo.
Finalmente, el TSXG recalca que se cumplen los requisitos para reconocer el derecho a la indemnización solicitada por el docente. La sentencia aún no es firme, ya que cabe presentar recurso ante el Tribunal Supremo. La decisión del TSXG marca un precedente en la aplicación de la Ley 20/2021 y el reconocimiento de derechos para aquellos afectados por la temporalidad en el empleo público.