La defensa de Santos Cerdán León, ex secretario de Organización del PSOE y diputado navarro, ha presentado ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo una argumentada petición de libertad, tras casi 70 días de prisión provisional en el marco de la llamada "causa Koldo" que investiga presuntas irregularidades en la adjudicación de contratos públicos. El escrito, acompañado de una detallada solicitud de diligencias, retrata un procedimiento judicial marcado por profundas irregularidades procesales y una investigación que, según la representación legal de Cerdán, parece más una “pesquisa general” dirigida contra el principal partido de gobierno que una instrucción penal respaldada por pruebas sólidas.
Crítica al origen y el desarrollo del proceso
La defensa de Cerdán sostiene que la investigación comenzó como una contradenuncia política y se ha expandido sin delimitar hechos concretos imputables al exdiputado navarro. Afirma que la instrucción deriva de sucesivas denuncias presentadas por dirigentes del Partido Popular, muchas de ellas archivadas en el pasado, y que el objeto del procedimiento ha mutado hasta incluir una causa "general" contra miembros del PSOE y altos cargos del gobierno, todo ello según la estrategia de litigar contra la actividad política con “fines ocultos”, como alertó una reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (STEDH Sytnyk contra Ucrania).
El equipo de abogados de Cerdán apunta que la prisión provisional ordenada por el magistrado instructor se apoya en pruebas cuya autenticidad y cadena de custodia son, a su juicio, dudosas, y en sospechas policiales no corroboradas por hechos concretos ni por evidencias documentales concluyentes. El escrito crítico subraya que en ninguna parte de la causa se acredita una relación entre Cerdán y los empresarios supuestamente corrompidos, ni existen pruebas patrimoniales que respalden la tesis de comisión de delitos por parte del exdirigente del PSOE.
Ruptura de la cadena de custodia y falta de acceso
Uno de los puntos centrales de la petición de libertad es la denuncia de la “ruptura de la cadena de custodia” en la obtención y manejo de audios supuestamente incriminatorios. La defensa detalla cómo los dispositivos digitales que contenían estas grabaciones han sido manipulados sin justificación, incluyendo cambios de bolsas y precintos entre su incautación y el volcado en el Tribunal Supremo, lo que compromete la integridad probatoria. Además, los audios en cuestión –atribuidos a Koldo García, aunque él mismo lo niega públicamente– no han sido puestos íntegramente a disposición de la defensa. Según los escritos, la Policía Judicial realizó expurgos unilaterales de documentos y grabaciones, impidiendo el acceso a materiales relevantes y limitando el ejercicio efectivo del derecho de contradicción y defensa, tal y como exigen la Constitución y la Directiva Europea 2012/13 sobre el derecho de acceso a los materiales del expediente penal.
Una investigación que “incrimina la actividad política”
La defensa advierte que la prisión provisional de Santos Cerdán parece perseguir “acciones propias de la vida política del partido que se encuentra en el gobierno central”, transformando la estrategia interna y las comunicaciones legítimas en presuntos indicios delictivos. Un ejemplo mencionado en el escrito es el supuesto interés de Cerdán por obras públicas, especialmente en relación al Puente del Centenario de Sevilla, cuya licitación ocurrió casi dos años después de los mensajes intervenidos. Para los abogados, no se sostiene que ejercer presión política o recomendar nombres para cargos públicos constituya por sí mismo un delito.
Inexistencia de pruebas patrimoniales
A pesar de la investigación patrimonial exhaustiva llevada a cabo por la Guardia Civil y por diversos medios, la defensa afirma que “no hay un céntimo fuera de control” en el patrimonio de Cerdán. Ni en su pueblo natal de Milagro, ni en auditorías oficiales ni en comisiones de investigación se han encontrado pruebas materiales que vinculen al exdiputado socialista con operaciones irregulares, pagos ilícitos o patrimonio oculto. En sus palabras, “el crédito que se ha dado, siete meses, para acreditar la hipótesis de corrupción, está vencido, no hay pruebas y las actuaciones están viciadas de vulneraciones de derechos fundamentales”.
Prisión prorrogada y falta de motivación
El escrito alerta de que la prisión provisional de Cerdán se ha prorrogado más allá del límite legal permitido para evitar la destrucción de pruebas (seis meses, según la Ley de Enjuiciamiento Criminal). La defensa subraya que no existen motivos fundados ni riesgo real de destrucción de pruebas, puesto que todas las diligencias investigativas relevantes ya se han practicado y las fuentes probatorias, por el tiempo transcurrido, ya no están al alcance directo del investigado. Critica además la falta de motivación explícita en las resoluciones judiciales que acuerdan y mantienen la prisión provisional, vulnerando la exigencia de proporcionalidad y de interpretación restrictiva de la medida cautelar más gravosa en derecho penal español.
Petición de diligencias y denuncia del “fórum shopping”
La defensa ha solicitado al Supremo la práctica de numerosas diligencias para esclarecer el origen y la naturaleza de las pruebas, la identidad y actividad investigada de otros aforados, y la completa remisión de los materiales expurgados y declarados secretos por la Policía Judicial. Reclaman, entre otras, la declaración de agentes de la Guardia Civil implicados, la clarificación de la interlocución entre mandos policiales y el destino de los dispositivos utilizados para las grabaciones, así como la incorporación al expediente de todas las actuaciones relacionadas y la comunicación expresa al Congreso sobre la investigación de aforados sin suplicatorio previo.
Destacan en particular el riesgo de “fórum shopping”: el trasvase de pruebas y testimonios entre distintos juzgados sin el control procesal exigido, lo que genera indefensión y podría vulnerar el derecho fundamental de igualdad de armas y contradicción, así como la prohibición de ser juzgado dos veces por los mismos hechos (non bis in ídem).
Consideraciones sobre la constitucionalidad y la libertad
Concluye la defensa con la advertencia de que mantener la prisión provisional de Santos Cerdán supone un grave riesgo constitucional. Invocan la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional sobre la restricción excepcionalísima de la privación de libertad, que solo puede acordarse cuando existan indicios concretos y suficientes para prever una condena futura y que permitan compensar la medida cautelar con una eventual pena privativa de libertad.
Según los abogados, los hechos imputados carecen de la mínima consistencia probatoria y mantener la prisión solo refuerza la sospecha de una desviación de poder para influir políticamente o castigar la actividad política de Cerdán, antes que combatir la corrupción pública.