Tuvo que ser una mañana frenética en el departamento de Vivienda, ya que la habitual lentitud de la Administración Foral para resolver expedientes alcanzó en este caso una velocidad inusitada. Eran las 10.25 cuando las alarmas se encendieron con la llegada a la secretaría general técnica del departamento de un correo de intervención que no traía buenas noticias: la Intervención General emitía un reparo-no suspensivo- al pliego de condiciones económicas previsto para los encargos a Nasuvinsa en 2026, poniendo en cuestión que la empresa pública cumpliera con las condiciones para ser considerada un ente instrumental. El argumento principal: únicamente el 25% de la actividad de Nasuvinsa procede de encargos expresos del Ejecutivo, mientras el resto deriva de operaciones propias de mercado.
El documento aunque está fechado el 6 de noviembre de 2025 fue recibido el día 12. Así las cosas, la secretaría técnica de vivienda elaboró durante esas horas un informe en el que se agarraba a que las objeciones de Intervención que eran de mucho calado no eran suspensivas del procedimiento administrativo, y ‘tirar para adelante’ con una orden foral, firmada por la consejera de Vivienda, Begoña Alfaro apenas cinco horas y diez minutos después, exáctamente a las 15.35 horas.
En el nuevo informe de la secretaría general técnica del departamento de vivienda que dio el espaldarazo a las tarifas tal y como pretendía aprobar Nasuvinsa, se subraya que el reparo no es suspensivo, y que por tanto “el expediente puede continuar su tramitación ordinaria, sin perjuicio de atender las observaciones formuladas”. Por otro lado, añaden que “la declaración de Nasuvinsa como ente instrumental se produjo mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 13 de abril de 2016 y sigue vigente conforme a la Disposición Adicional Segunda de la Ley Foral 6/2020”.
En informe abunda en que “dicha declaración no ha sido revocada ni modificada, por lo que mantiene plena eficacia jurídica y produce todos sus efectos legales” por lo que considera que “no procede cuestionar su vigencia en el marco del presente expediente, sin perjuicio de que se realice el análisis propuesto por la Intervención General de cara a futuras actuaciones o revisiones de la condición de ente instrumentall.
Con todo, el informe acaba reconociendo “la necesidad de revisar el cumplimiento de los requisitos exigibles para el mantenimiento de la condición de ente instrumental” y pide que “en los próximos meses, Nasuvinsa y las unidades departamentales competentes lleven a cabo el análisis correspondiente y, en caso necesario, adopten las medidas oportunas para garantizar el cumplimiento efectivo de dichos requisitos”.
Nasuvinsa opera casi como una inmobiliaria más del mercado
En el fondo las objeciones de la Intervención General ponen de relieve que únicamente el 25% de la actividad de Nasuvinsa proceda de encargos expresos del Ejecutivo, mientras el resto deriva de operaciones propias de mercado, como ventas y alquileres de inmuebles.
Para la Intervención esta proporción es determinante para acreditar la condición de medio propio y alerta de que, en términos de negocio, la sociedad pública prevé ingresar 10,79 millones por encargos en 2026, frente a una cifra total de 40,24 millones, lo que refuerza su perfil de operador del mercado inmobiliario.
El informe insiste en que no basta con invocar de forma genérica la política pública de vivienda para justificar encargos directos: estos deben ser expresos, concretos y vinculados a prerrogativas administrativas, de acuerdo con la jurisprudencia del TJUE y del Tribunal Supremo, que exigen una interpretación estricta para no distorsionar la libre competencia. Además, advierte de riesgos en la determinación de los costes reales, al mezclarse actividades instrumentales y otras puramente comerciales, y señala también una sobrevaloración del 2% en salarios, aún pendiente de aprobación general.
El Estado ya clasifica a Nasuvinsa como sociedad no financiera
Intervención finaliza subrayando que de hecho, la Oficina Nacional de Contabilidad de la Intervención General de la Administración del Estado, en su última comunicación sobre la delimitación institucional de las unidades públicas de la Comunidad Foral de Navarra, con fecha 23 de diciembre de 2024, clasifica a Nasuvinsa como sociedad no financiera, dado su carácter de operador de mercado. Y añade que “el resto de entes instrumentales de la Administración de la Comunidad Foral son clasificados dentro del sector de las administraciones públicas”.
Otros informes ya cuestionaron el actual modelo
Mientras el Gobierno de Navarra abre la puerta a un nuevo modelo, de colaboración pública y privada con una empresa mixta, el actual modelo está bajo lupa de los técnicos de intervención. Cabe recordar que en el verano pasado, la consejera de Vivienda y vicepresidenta tercera de Navarra, Begoña Alfaro, tuvo que comparecer en el Parlamento para explicar y defender la actuación del Gobierno y de Nasuvinsa en relación con los informes de la Intervención que advertían irregularidades en la promoción y construcción de viviendas de protección oficial (VPO).
Alfaro subrayó que los reparos suspensivos que señalaban supuestas irregularidades y sobrecostes fueron resueltos favorablemente por la instancia superior, la Intervención General, que avaló la gestión del departamento, descartando así críticas sobre un monopolio o mala administración. Recalcó que “no existe ningún sobrecoste de 40 millones de euros” y calificó como “manipulación” las comparativas presentadas por la Intervención Delegada, que mezclaban precios y conceptos no comparables, además de recordar que los incrementos en precios responden a factores externos como la crisis inflacionaria o las exigencias energéticas de la Unión Europea para recibir fondos europeos.





