El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por una trabajadora social del Ayuntamiento de Arona y ha reconocido su derecho a percibir 1.960 euros en concepto de «plus de peligrosidad» por el periodo comprendido entre febrero de 2021 y agosto de 2022. La cuantía fijada rebaja a la mitad la establecida previamente por el Juzgado de lo Social número 1 de Santa Cruz de Tenerife, que había condenado al consistorio a abonarle 3.920 euros por el mismo concepto.
La empleada, interina del patronato municipal de Servicios Sociales, reparte su jornada entre un centro cívico —donde trabaja dos días por semana— y visitas externas destinadas a elaborar el censo de personas desarraigadas, con discapacidad psíquica, problemas de alcoholismo o drogodependencia, residentes en chabolas, edificios abandonados o zonas aisladas. El centro carece de sistemas de seguridad, botones de alarma o personal especializado más allá de un bedel que controla la entrada. Según detalla la sentencia, en numerosas ocasiones ha sido necesaria la intervención de la Policía Local por episodios de violencia y, en otras, la trabajadora ha precisado acompañamiento policial en sus desplazamientos.
La Sala recuerda que el convenio colectivo municipal contempla los complementos de peligrosidad y penosidad ligados a las condiciones en que se desempeña el puesto, subrayando que este tipo de plus está «indisolublemente unido» a la naturaleza del trabajo y se percibe solo mientras se ocupa el cargo. En este caso, los magistrados consideran acreditado que las funciones de la trabajadora implican un riesgo manifiesto de sufrir agresiones verbales o físicas, tanto en el centro como en las visitas externas.
Sin embargo, el tribunal rechaza conceder el plus de penosidad al entender que no concurren circunstancias como esfuerzo físico constante, ambientes insalubres o condiciones especialmente gravosas que justifiquen ese complemento.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo.