La Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha rechazado hoy, por trece votos contra dos, la solicitud de Guinea Ecuatorial de que se dictaran medidas provisionales para garantizar la devolución de un inmueble incautado en París en el marco de un procedimiento penal en Francia.
El edificio en cuestión, situado en el número 42 de la avenida Foch, se encuentra en el centro de una disputa que enfrenta desde hace años a Guinea Ecuatorial con las autoridades francesas. El país africano invocaba el artículo 57.3.c de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, que establece que el Estado requerido debe “dar prioridad” a la devolución de bienes confiscados, su entrega a los propietarios legítimos o la compensación a las víctimas.
Sin embargo, el tribunal con sede en La Haya concluyó que esa disposición otorga cierto margen de discrecionalidad al Estado requerido y que la devolución directa a Guinea Ecuatorial no constituye un derecho automático ni exclusivo. En consecuencia, la Corte determinó que el Estado solicitante no logró demostrar la existencia de un “derecho plausible” que justificara la medida cautelar reclamada.
Al no cumplirse esta condición, uno de los requisitos acumulativos para ordenar medidas provisionales, la CIJ consideró innecesario examinar los demás criterios, como la urgencia o el riesgo de un daño irreparable.
La decisión fue adoptada con una clara mayoría: trece jueces votaron a favor del rechazo, mientras que dos —entre ellos el juez ad hoc designado por Guinea Ecuatorial— se pronunciaron en contra. Varios magistrados adjuntaron opiniones separadas o declaraciones al fallo.
Este caso se inscribe en la serie de litigios presentados por Guinea Ecuatorial contra Francia en torno a la llamada “Operación Bienes Mal Adquiridos”, en la que se investigaron bienes y propiedades adquiridos supuestamente con fondos de origen ilícito por altos cargos del país africano.
La CIJ, principal órgano judicial de las Naciones Unidas, recordó que su función en esta fase era exclusivamente valorar si procedía indicar medidas cautelares, y no pronunciarse todavía sobre el fondo del asunto. El litigio continuará en próximas etapas procesales.







