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Pamplona Actual

El TSJN confirma una condena de cinco años de prisión para un hombre que desfiguró a otro en la antigua ikastola Jaso

El tribunal considera probada la agresión ocurrida en los locales de la antigua ikastola Jaso y rechaza la versión exculpatoria del acusado

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN)ha ratificado la pena de cinco años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial a un hombre que agredió con un objeto cortante en la cara a otro varón en el interior de los locales de la antigua ikastola Jaso de Pamplona, el pasado 2 de mayo.

El condenado, un ciudadano argelino de 32 años en situación irregular, deberá además indemnizar a la víctima con 25.050 euros por las heridas y las secuelas derivadas de la agresión, que le causaron dos cicatrices visibles en el rostroconsideradas una desfiguración permanente. Asimismo, no podrá acercarse ni comunicarse con la víctima durante siete años.

Según recoge la sentencia, los hechos ocurrieron durante una discusión entre ambos en los locales ocupados por personas en situación de exclusión social. El altercado se originó cuando el acusado, conocido como Daddy, exigió ser incluido entre quienes realizaban tareas de limpieza para acceder a ayudas de la asociación Apoyo Mutuo de Pamplona. El responsable de la lista, la víctima, se negó al considerar que no había colaborado en dichas labores.

Tras retirarse brevemente, el procesado regresó con un objeto cortante y, de forma sorpresiva, le asestó dos cortes: uno en el puente nasal y otro en la mejilla izquierda, mientras le decía en árabe: “Te voy a estropear la cara”.

El TSJN considera “plenamente acreditada” la agresión, respaldando los testimonios coincidentes de la víctima y un testigo, corroborados además por los agentes de la Policía Municipal y de la Policía Foral que intervinieron tras el suceso. El tribunal califica la versión del acusado como “exculpatoria y carente de credibilidad”, rechazando la petición de su defensa de aplicar una atenuante por consumo de drogas, al no existir pruebas que lo acrediten.

El condenado permanece en prisión provisional desde el día de los hechos. La sentencia aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

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