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Condenan a un hombre que quebrantó la prohibición de acercarse a su pareja minutos después de que se la notificaran

Desestima la concurrencia de eximente por padecer un trastorno epiléptico, y su adicción al alcohol y a las drogas

  • Tribunal Asturias

La Audiencia Provincial de Oviedo ha condenado a un hombre a nueve meses de prisión por quebrantar una orden de alejamiento impuesta hacia su pareja. El incidente ocurrió el 26 de marzo de 2024, cuando el acusado fue sorprendido cerca del domicilio familiar tras haber sido notificado por la policía sobre la prohibición de comunicarse y aproximarse a su pareja.

El acusado había sido detenido dos días antes por otro incidente, durante el cual sufrió una crisis epiléptica en el calabozo y fue trasladado al hospital, donde dio positivo por consumo de cocaína. Al día siguiente, solicitó el alta hospitalaria y, en horas nocturnas, fue sorprendido merodeando cerca del domicilio familiar, siendo detenido nuevamente. La policía le notificó el auto judicial con las prohibiciones, pero minutos después fue interceptado en el domicilio familiar.

El tribunal desestima la defensa médica del acusado

La defensa del acusado argumentó que el juez no tuvo en cuenta los antecedentes médicos que podrían haber afectado sus capacidades intelectivas y volitivas. Según la defensa, un accidente en 2023 provocó epilepsia estructural, agravada por el consumo de alcohol y cocaína. Sin embargo, el tribunal desestimó estas alegaciones, afirmando que no existía corroboración de una alteración psicológica o intoxicación plena.

El tribunal explicó que, en el breve lapso entre la notificación y la comisión de los hechos, un médico no detectó ninguna descompensación o alteración de ebriedad. Además, la documentación médica indicó que el acusado abandonó voluntariamente su medicación y fue dado de alta sin que los médicos del servicio de urgencias detectaran una descompensación psiquiátrica.

Pruebas suficientes para ratificar la condena

El tribunal también destacó que las acciones del acusado, junto con la pregunta del agente sobre si iba a permanecer en el lugar, evidenciaron su comprensión de las medidas y su voluntad de incumplirlas. El agente, al sospechar, envió una patrulla que sorprendió al acusado llamando al timbre del domicilio.

Finalmente, el tribunal concluyó que se practicó una prueba de cargo válida y suficiente. Esto fue respaldado por la declaración testifical del agente, la documentación médica adjunta y las aclaraciones del forense. La sentencia, que es firme y no puede ser recurrida, reafirma la validez de las pruebas presentadas en el caso.

 

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