El Juzgado de lo Penal número 1 de Valencia ha impuesto una pena de once años y medio de prisión a un hombre acusado de tres delitos de robo con intimidación y uso de arma, además de un cuarto delito de robo con fuerza en grado de tentativa. La sentencia lo absuelve de otros cargos por falta de pruebas, pero lo obliga a indemnizar a los propietarios afectados por daños que superan los 10.500 euros.
Robo a mano armada en un viñedo de Requena
Los incidentes comenzaron el 28 de febrero de 2020 en un paraje del municipio de Requena. El condenado, armado con una escopeta de cañones recortados, se acercó a un hombre que trabajaba en un viñedo. Tras apuntarle con el arma, exigió las llaves de su furgoneta. La víctima logró huir, pero el asaltante disparó dos veces y se marchó en el vehículo robado.
El mismo día, el asaltante utilizó la furgoneta para bloquear un cruce de caminos, obligando a frenar a otro conductor que manejaba una grúa. Tras encañonarlo, le exigió que lo llevara, pero la víctima se refugió en la cabina de la grúa. El asaltante entró por la puerta del copiloto, pero la víctima logró escapar, permitiendo al delincuente tomar el control del vehículo.
Intento de robo en una finca agrícola
Media hora después, en una finca agrícola de una aldea de Requena, el condenado intentó abrir un turismo. Al ser confrontado por un trabajador, lo amenazó con el arma y exigió las llaves del coche, huyendo con él y abandonándolo más tarde en otra aldea. Al día siguiente, intentó robar en una casa, pero fue descubierto por el dueño, quien alertó a la Guardia Civil.
El hombre se escondió en un patio, pero antes de escapar, apuntó a los agentes con la escopeta. Durante la huida, dejó una gorra y una mochila en el lugar. Finalmente, fue detenido en junio del mismo año en Andorra, Teruel, por otros hechos. Los daños causados por el condenado en los vehículos y la casa fueron valorados en 470, 6.721, 3.293 y 109 euros, respectivamente.
La defensa alega alteración psíquica
Durante el juicio, la defensa del acusado solicitó considerar la eximente o atenuante de alteración psíquica. Sin embargo, la jueza concluyó que el examen médico forense no demostró que el acusado tuviera afectadas sus capacidades para comprender la ilicitud de sus acciones. La sentencia, por lo tanto, no contempló esta atenuante.
La resolución judicial establece que los actos probados revelan un comportamiento errático, pero no suficiente para justificar una alteración psíquica. La jueza determinó que el acusado era plenamente consciente de sus acciones al momento de cometer los delitos. Por lo tanto, se le impuso la pena de once años y medio de prisión.
Posibilidad de recurrir la sentencia
La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia. La defensa del condenado podría intentar reducir la pena o buscar una revisión del caso en instancias superiores. Mientras tanto, el individuo permanece bajo custodia a la espera de una posible apelación.