El Gobierno Foral licita la redacción de la ampliación del PSIS de Sarriguren para construir unas 5.000 nuevas viviendas

La redacción del PSIS tendrá como base un documento inicial que marca las líneas generales del desarrollo.

Zizur Ardoi

El octogenario acusado de la muerte de su mujer en Zizur Mayor permanecerá en arresto domiciliario

La Audiencia aclara que en este momento procesal no corresponde determinar si se trató de un asesinato o de una muerte accidental

  • Palacio de Justicia de Navarra -

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha acordado que el octogenario encarcelado por la muerte de su esposa en Zizur Mayor cumpla la prisión provisional en un domicilio designado por sus hijos, quienes asumirán la supervisión y el acompañamiento del investigado.

El tribunal establece que la presencia del acusado, de 85 años, será controlada fuera de la cárcel mediante un dispositivo telemático. La decisión judicial, contra la que no cabe recurso, modifica la prisión provisional, comunicada y sin fianza decretada el pasado 30 de julio por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Pamplona.

En su día, el juez instructor consideró que existía riesgo de fuga por las graves penas que podrían derivarse de un delito de asesinato, así como la posibilidad de destrucción de pruebas. La defensa recurrió entonces la medida, solicitando la nulidad de la resolución o, de forma subsidiaria, la libertad provisional con un sistema de control alternativo. La Fiscalía se opuso al recurso.

La Audiencia rechaza la nulidad al entender que la resolución inicial no adolece de falta de motivación. No obstante, subraya que, una vez levantado el precinto de la vivienda y entregadas las llaves a la hija del matrimonio, no existe riesgo de destrucción de pruebas, ya que todas las necesarias fueron recogidas por la Guardia Civil.

Respecto al riesgo de fuga, los magistrados lo califican de “especulativo” tratándose de una persona de 85 años. El tribunal apoya además su decisión en un informe neurológico emitido el 6 de agosto en prisión, en el que se certifica que el investigado presenta un deterioro cognitivo evidente al menos desde marzo, que le hace “incapaz de tomar decisiones de autogobierno” y le convierte en una persona vulnerable que requiere protección en todos los ámbitos.

Finalmente, la Audiencia aclara que en este momento procesal no corresponde determinar si se trató de un asesinato o de una muerte accidental. Esta cuestión, advierte el tribunal, sólo podrá resolverse con las conclusiones de los análisis toxicológicos recogidos en la vivienda y de los objetos arrojados por el investigado en un contenedor próximo a su domicilio.

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